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La utilización de las figuras de la propiedad intelectual (patentes, marcas, derechos de autor, denominaciones de origen, entre otras) para proteger los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas ha fracasado por­que no se ha tenido en cuenta que esos pueblos no comparten las nociones individualistas de la propie­dad privada que tienen la mayoría de los países de occidente, no están de acuerdo con la existencia de límites temporales de protección y no les gusta descri­bir el conocimiento pues, según ellos, describir equi­
vale a limitar.

Por lo anterior, la autora sostiene que solo tendrá efectividad la propuesta de protec­ción que, luego de recolectar y analizar la información sobre leyes y prácticas con­suetudinarias de estos pueblos, acepte la naturaleza sagrada y no racional de estos conocimientos, reconozca la propiedad colectiva de los descubrimientos, entienda que las invenciones pueden tener carácter intergeneracional (sin perder novedad para su protección), no exija registros y sea ilimitada en el tiempo.

Tobón-Franco, N. (2010). Un enfoque diferente para la protección de los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas. Estudios Socio-Jurídicos, 9(1), 96–129. Recuperado a partir de https://revistas.urosario.edu.co/index.php/sociojuridicos/article/view/331

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