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Camilo Ernesto Castillo-Sánchez
Ethel Nataly Castellanos-Morales

Colombia es el único país de América Latina en el que la constitución y la ley permiten a las instituciones educativas estatales realizar cobros académicos en todos los grados escolares. La consecuencia de esto es que el Gobierno Nacional no se ha interesado por elaborar una política de gratuidad de la educación. Sin embargo, la Constitución tiene disposiciones que permiten integrar los tratados de derechos humanos ratificados por Colombia al ordenamiento jurídico interno; allí, es donde está consagrada la gratuidad de la educación. Ésta es un imperativo jurídico que el Estado no puede desconocer. La Corte Constitucional ha protegido el acceso y la permanencia al sistema educativo con base en el Derecho Internacional pues cuando existe una disposición de derechos humanos que consagra un derecho, los argumentos de costo beneficio quedan excluidos, en especial si es un derecho universalmente reconocido. Nuestra tesis es que no hay ninguna razón para que el Estado restrinja el disfrute del derecho a la educación a través de cobros, especialmente porque la gratuidad de la educación primaria les permite a las personas acceder y permanecer en el sistema educativo y es un instrumento privilegiado para remover las barreras económicas que afectan el disfrute del derecho. La estructura del artículo es la siguiente: los dos primeros apartados se referirán a las obligaciones internacionales del Estado colombiano, el tercero hará énfasis en la jurisprudencia constitucional sobre la gratuidad de la educación y, finalmente, habrá una breve conclusión que planteará futuras líneas de trabajo. 

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Castillo-Sánchez, C. E., & Castellanos-Morales, E. N. (2010). Defensa de la gratuidad de la educación en Colombia: algunos argumentos constitucionales y de derecho internacional. Estudios Socio-Jurídicos, 12(1), 383-404. Recuperado a partir de https://revistas.urosario.edu.co/index.php/sociojuridicos/article/view/1197

Camilo Ernesto Castillo-Sánchez, Universidad del Rosario

Licenciado en Filosofía y Letras de la Universidad Santo Tomás de Bogotá. Abogado y especialista en Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Colombia, sede Bogotá. Actualmente trabaja como investigador en DeJuSticia en temas relacionados con estudios sobre la justicia y derechos sociales. Adelanta sus estudios de doctorado en Derecho en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario investigando sobre temas de historia del derecho constitucional colombiano y las reformas a la justicia. Es profesor de Teoría del Derecho de la misma institución. 

Ethel Nataly Castellanos-Morales, Universidad del Rosario

Abogada y magíster en Derecho de la Universidad Nacional de Colombia. Docente de carrera e investigadora en la línea Democracia y Justicia de de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario. Áreas de especialización: Derecho Constitucional, Derechos humanos, Justicia transicional y Teoría Jurídica. 

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Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-202, 28 de febrero de 2000, M.P. Fabio Morón, expediente T-256.552.

Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-290, 28 de junio de 1996, M.P. Jorge Arango, expediente T-93.408.

Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-294, 23 de abril de 2009, M.P. Clara Reales, expediente T-2.121.107.

Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-323, 14 de julio de 1994, M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz, expediente T-34.711.

Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-324, 14 de julio de 1994, M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz, expediente T-35.144.

Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-329, 11 de julio de 1997, M.P. Fabio Morón, expediente T-126.045

Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-356, 30 de marzo de 2001, M.P. Manuel Cepeda, expediente T-397.795.

Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-450, 10 de julio de 1992, M.P. Eduardo Cifuentes, expediente T-1211.

Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-550, 19 de julio de 2007, M.P. Jaime Araújo, expediente T-1.589.788.

Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-675, 21 de agosto de 2002, M.P. Jaime Córdoba, expediente T-591.923.

Colombia, Corte Constitucional, Sentencia T-944, 24 de julio de 2000, M.P. Alejandro Martínez, expediente T-298.496.

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