Acuerdos internacionales de inversión: Compatibilidades e incompatibilidades en treinta años de control de constitucionalidad
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Los procesos y tendencias mundiales de liberalización e internacionalización de la economía permearon la adopción de la Constitución Política de 1991. Bajo este contexto, el Estado colombiano adoptó la política, que continúa vigente, de suscribir acuerdos internacionales de inversión con otros Estados con el propósito de promover y atraer inversión extranjera en el país. En la actualidad, el arbitraje inversionista-Estado bajo acuerdos internacionales de inversión atraviesa un movimiento de reforma como resultado de profundos cuestionamientos relativos, entre otros, a la falta de capacidad de balancear la capacidad regulatoria y de política pública de los Estados con los derechos e intereses de los inversionistas. Frente a este panorama, la Corte Constitucional colombiana parece haber reclamado con ímpetu su función de guardiana de la integridad y supremacía de la Constitución respecto de los acuerdos internacionales de inversión. Este artículo analiza las principales características del control de constitucionalidad realizado por la Corte Constitucional de los acuerdos internacionales de inversión suscritos por Colombia desde la década de los noventa y el reciente cambio de jurisprudencia que se produjo con relación a su alcance.
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Enrique Prieto-Ríos, Universidad del Rosario
Doctor en Derecho de Birkbeck, University of London, LL.M. en Derecho Internacional de London College UCK y Abogado de la Universidad del Rosario. Actualmente es profesor asociado de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, director del grupo de investigación en Derecho Internacional y director de investigación de la misma facultad. https://orcid.org/0000-0002-1798-7855; Contacto: enrique.prieto@urosario.edu.co; enriqueprietor@hotmail.com.
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