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El principio de unidad de materia legislativa es uno de los ejes fundamentales del proceso de formación de la ley, y su observancia constituye un parámetro para la determinación jurisdiccional de la validez jurídica, en la medida en que, de una parte, se verifique la existencia de coherencia y armonía en el producto normativo por la conexidad entre sus partes, y de otra parte, a partir del cumplimiento de ese mínimo, se respete la libertad de configuración del Congreso en razón de la legitimidad democrática de la cual está investido para ejercer su función legislativa.

Restrepo-Medina, M. A. (2010). Delimitación jurisprudencial del principio constitucional de unidad de materia legislativa. Estudios Socio-Jurídicos, 11(2), 203–227. Recuperado a partir de https://revistas.urosario.edu.co/index.php/sociojuridicos/article/view/427

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