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Dos de las garantías procesales más importantes de un Estado de derecho son el derecho de audiencia y el derecho a un juez predeterminado por la ley. Ambas figuras aparecen reconocidas en la Constitución española de 1978 con el rango de derecho fundamental, incluidas en el derecho más genérico a la tutela judicial efectiva. A lo largo de este artículo pretendo mostrar el significado que la jurisprudencia constitucional les ha dado a lo largo de más de 25 años.

Fernández-Sarasola, I. (2010). Los derechos de audiencia y al juez legal en el sistema constitucional español. Revista Estudios Socio-Jurídicos, 10(2), 76–108. Recuperado de https://revistas.urosario.edu.co/index.php/sociojuridicos/article/view/363

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