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Mónica Lucía Fernández-Muñoz

Los daños causados por aquellas personas por las cuales estamos llamados a responder constituyen un hecho generador de responsabilidad y configuran un régimen de presunción de culpa. Pero antes de hablar con certeza de la existencia de una presunción, debe analizarse si ésta surge de modo automático o si, al contrario, es necesaria  la  culpa  del directo  responsable  como  presupuesto  para  que funcione. Frente a esta disyuntiva han surgido distintas posiciones doctrinales  que es preciso  analizar antes de condenar  al pago de una indemnización en casos de responsabilidad por el hecho ajeno.

 

 

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Fernández-Muñoz, M. L. (2010). La culpa en el régimen de responsabilidad por el hecho ajeno. Estudios Socio-Jurídicos, 5(1), 230-249. Recuperado a partir de https://revistas.urosario.edu.co/index.php/sociojuridicos/article/view/243

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