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Laura Daniela Useche Acevedo

Pese al acuerdo sobre la proscripción del reclutamiento de menores, representado principalmente en su carácter de crímen de guerra, no es claro si quienes cumplen la mayoría de edad al interior del grupo armado son sujetos de protección o deben responder ante la justicia penal por los crímenes cometidos, así como el alcance de esta responsabilidad. Al interior de la Corte Penal Internacional la dualidad de criterios se hace evidente cuando, por un lado, se condena únicamente por reclutamiento de menores a Thomas Lubanga, pero a la vez se juzga de manera plena a Dominic Ongwen por los crímenes cometidos siendo mayor de edad sin tener en cuenta su temprano reclutamiento.


De la misma manera, en el escenario colombiano existen posturas a favor y en contra de la responsabilidad, aunque la justicia se ha decantado por una eventual responsabilidad por hechos cometidos durante la minoría de edad pero responsabilidad plena para aquellos perpetrados siendo mayor. Así, la Jurisdicción Especial para la Paz se enfrenta a un escenario en el que deberá conciliar argumentos contradictorios y hacer uso efectivo de sus características únicas con el fin de lograr verdadera justicia para todas las víctimas del conflicto colombiano.

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Useche Acevedo, L. D. (2022). LA REPONSABILIDAD DE CRECER EN EL CONFLICTO. Anuario Iberoamericano De Derecho Internacional Penal, (9). https://doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/anidip/a.10500

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