Revista Estudios Socio-Jurídicos
ISSN:0124-0579 | eISSN:2145-4531

Samuel Moyn (2015). La última utopía: los derechos humanos en la historia. (Jorge González Jácome Trad.). Bogotá, Pontificia Universidad Javeriana

Felipe A. Galvis Castro

Samuel Moyn (2015). La última utopía: los derechos humanos en la historia. (Jorge González Jácome Trad.). Bogotá, Pontificia Universidad Javeriana

Revista Estudios Socio-Jurídicos, vol. 19, núm. 1, 2017

Universidad del Rosario

Felipe A. Galvis Castro

Universidad Nacional de Colombia, Colombia

ORCID: http://orcid.org/0000-0002-1552-0602




La última utopía: los derechos humanos en la historia del profesor de la Universidad de Harvard, Samuel Moyn 1 , hace parte de una serie de trabajos que ponen bajo sospecha una de las grandes narrativas morales y políticas de las últimas décadas: los derechos humanos. Moyn hace parte de un grupo de autores que ofrecen un giro histórico en las narrativas sobre los derechos humanos, la arquitectura institucional dispuesta para su protección y el interés global en su efectiva garantía (por ejemplo, Mazower, 2004; Hunt, 2010; Clavero, 2014).

El marco de análisis de Moyn

El trabajo de Moyn no consiste en reconstruir la historia de los derechos humanos como reconocimientos normativos formales contenidos en declaraciones o tratados. Tampoco cae en el lugar común de los recuentos jurídicos, que simplemente mencionan una pretendida "evolución" de los derechos humanos como sucesión de normas, órganos y procedimientos. Por el contrario, y ahí radica parte de su valor, la apuesta de Moyn consiste en examinar los derechos humanos como algo más que eso. Moyn no duda en calificar los mecanismos internacionales de protección de la ONU o de las organizaciones regionales como irrelevantes, marginales o periféricos en varios momentos de la historia, en particular, antes de la década de 1970.

Moyn se propone entonces hacer una historia intelectual de la forma en que la idea de los derechos humanos se convierte en un asunto de gran interés en el marco de la política internacional. El plano en que se mueve este registro va más allá de lo jurídico y aborda los derechos humanos como una bandera política y moral sobre la cual se tejen relaciones entre Estados y actores no gubernamentales de alcance transnacional. En otras palabras, Moyn reconoce en los derechos humanos una gran narrativa de gobierno de alcance global, que tuvo unos orígenes precisos y que ha crecido a propósito de unas circunstancias geopolíticas específicas.

Este análisis de las condiciones particulares de surgimiento de los derechos humanos como un asunto de interés internacional, lleva al lector a interrogar la inevitabilidad y el carácter autoevidente en términos morales de los derechos humanos como gran proyecto utópico. En este sentido, el texto de Moyn evoca aproximaciones a los derechos humanos como las de David Kennedy, quien cuestiona los costos políticos que han tenido los derechos humanos para otras causas por la emancipación humana y la transformación social. Posicionados como el proyecto idealista por excelencia de las últimas décadas, los derechos humanos tienden a monopolizar los canales de expresión de las reivindicaciones sociales desde abajo. Los reclamos populares legítimos muchas veces deben traducirse al lenguaje de los derechos para lograr alguna atención, con el costo que dicha traducción supone para demandas sociales de mayor alcance: colectivo, político, económico. En este sentido, Moyn compartiría el mantra de Kennedy (2007), que los derechos humanos han cumplido la mayoría de edad y es urgente hacer un examen franco de sus verdaderos logros, sesgos y puntos ciegos.

Esto, por supuesto, no implica que quien haga un análisis semejante se ponga del lado de la injusticia social, de la violencia o de los abusos de los gobiernos contra la igualdad, dignidad o la integridad de individuos y colectivos: "Renunciar a hacer la historia de la Iglesia no es celebrar en su lugar una misa negra" (Moyn, 2015, p. 18). Por el contrario, este tipo de debate pone en perspectiva los derechos humanos y subraya la necesidad de enfoques, estrategias y reflexiones complementarias. Se trata de una lectura urgente de los derechos humanos como una (pero no la única) de las luchas humanas necesarias en el comienzo del siglo XXI.

Tesis centrales

Así, una de las tesis centrales de Moyn es que los derechos humanos se han posicionado como valores culturales, morales y políticos con alcance global en las últimas décadas al precio del colapso o la pérdida de protagonismo de otras utopías: los movimientos pacifistas, los movimientos sociales surgidos a propósito del Mayo de 1968 francés, los movimientos cristianos, el comunismo, el Nuevo Orden Económico Mundial, las luchas anticoloniales por la autodeterminación de los pueblos, etc. Los derechos humanos siempre han sido "uno entre muchos" modelos modernos de libertad e igualdad, y han tenido que competir "en el terreno de la imaginación" con otros "idealismos" (Moyn, 2015, p. 15). La pregunta de la que parte Moyn es: ¿desde cuándo y de qué manera los derechos humanos se posicionaron en las agendas de la política internacional?, ¿cuál fue el proceso que llevó a que se convirtieran en la convergencia de aspiraciones disimiles de transformación social, luchas por la paz, resistencias contra gobiernos autocráticos, demandas de igualdad y dignidad en muchos lugares del planeta?

Esta cuestión lleva inevitablemente a Moyn a comenzar su examen en la década de 1940, al surgimiento de la Organización de las Naciones Unidas, a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, a la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, a los Juicios de Nuremberg, etc. Moyn parte en su recuento del periodo posterior a la Segunda Guerra Mundial, como lugar común de los relatos sobre la materia. Sin embargo, Moyn no tarda mucho en reconocer que esos hitos representan un mito fundacional de los derechos humanos, una invención, una construcción en retrospectiva de lo que han representado los derechos humanos en nuestro tiempo. En pocas palabras, la historia contemporánea de los derechos humanos ha creado a sus precursores.

En realidad, observa Moyn, más allá de su reconocimiento en la Carta de la ONU (1945) y en la Declaración Universal (1948), los derechos humanos "nacieron muertos" en el plano de la política en la década de los cuarenta (Moyn, 2015, p. 57). Esto se debe al completo abandono por los Estados Unidos de las promesas que al respecto había hecho el Presidente Franklin D. Roosevelt durante la Segunda Guerra Mundial, en su célebre Discurso sobre las Cuatro Libertades de 1941, en la Declaración de las Naciones Unidas publicada por la Casa Blanca en 1942 o en otro de sus discursos sobre el Estado de la Unión en 1944. Moyn advierte cómo todas esas manifestaciones de los Estados Unidos fueron "propagandísticas", al tiempo que las normas sobre derechos humanos de la Carta de la ONU y la Declaración Universal fueron "irrelevantes" y "marginales" durante un largo tiempo.

Todo ello se debe en parte a que nadie sabía entonces qué significaban los "derechos humanos". No se sabía si constituían una promesa de socialdemocracia de cara a la reconstrucción de Europa en la posguerra, si encarnaban valores cristianos de solidaridad que diversas organizaciones de orden religioso promovían o si eran parte de una cruzada anticomunista, como también se los entendió. No se sabía tampoco si los derechos humanos suponían una elección frente a los modelos económicos y sociales en disputa ¿capitalismo?, ¿comunismo?, ¿estado de bienestar? Desde las promesas de Roosevelt en plena Segunda Guerra Mundial, los derechos humanos fueron una "embarcación vacía que podía llenarse con una amplia variedad de concepciones diversas" (Moyn, 2015, p. 65). Esta ambigüedad, que condenó los derechos humanos al fracaso en el plano de la política internacional durante los cuarenta, sería al final una razón más para su extraño triunfo décadas después. Fue justamente esta ambigüedad la que les permitió regresar más tarde "con una vestimenta diferente" (Moyn, 2015).

Moyn también aborda una cuestión que surge inevitablemente en los recuentos tradicionales sobre la historia de los derechos humanos: ¿cuál fue entonces el papel de las declaraciones de derechos resultantes de las revoluciones de finales del siglo XVIII?, ¿no fueron estos sucesos los precursores de los derechos humanos del siglo XX?, ¿no se trata acaso de un mismo relato que une lo sucedido en el periodo posterior a la Segunda Guerra Mundial con las reivindicaciones humanas promovidas mediante procesos revolucionarios un siglo y medio antes? En este sentido, Moyn duda de esa conexión, que ahora se presenta como natural, entre los derechos humanos del siglo XX y la consagración de derechos en las revoluciones de finales del siglo XVIII.

Para Moyn, el reconocimiento de esos derechos revolucionarios se explica como parte de la creación de un espacio de ciudadanía al interior de los nacientes Estados, dado que "fueron anunciados al momento de la fundación de la organización política para justificar su establecimiento y frecuentemente su violencia" (Moyn, 2015, p. 37). Además, se trataba de unas libertades que solo se hacían efectivas a través del Estado y no había un proyecto supranacional ante el que se exigiera su respeto. Para Moyn, "lejos de proveer una racionalidad para reclamos externos o ’humanos’ en contra de los Estados, las declaraciones de derechos eran -y así lo fueron al menos durante un siglo- una justificación para que los Estados nacieran" (Moyn, 2015, p. 39).

Si no fue en las revoluciones del siglo XVIII ni en la década de 1940, entonces ¿cuándo se convirtieron los derechos humanos en esta última utopía? Moyn observa que fue a propósito de una serie de eventos que tuvieron lugar entre finales de la década de 1960 y 1970. A comienzos de los años sesenta los mecanismos de protección de los derechos humanos de la ONU continuaban siendo marginales y esa organización estaba lejos de ser el centro del activismo por las libertades. Algo semejante ocurría con los arreglos alcanzados en el sistema interamericano de derechos humanos (Moyn, 2015, p. 166). Sin embargo, en diferentes lugares del mundo, organizaciones de diverso orden empezaron a convertir sus demandas en reivindicaciones de respeto, protección o garantía de derechos humanos. Casi sin notarlo, algunas causas comenzaron a reconocerse a sí mismas como movimientos por los derechos humanos. Moyn destaca los casos de Amnistía Internacional (AI), los grupos de disidentes políticos en la Unión Soviética y en países de la "Cortina de Hierro" (organizaciones soviéticas como el Grupo de Acción y el Comité de Derechos Humanos), la Comisión de Helsinki y Helsinki Watch 2 en Estados Unidos, así como activistas en países de Latinoamérica que con el tiempo hicieron alianzas con AI.

Para Moyn todo este proceso encuentra su síntesis en un hito: el discurso de posesión del Presidente Jimmy Carter en Estados Unidos, el 20 de enero de 1977. En esa ocasión, Carter anuncia que los derechos humanos serían un elemento central en su política exterior, y en efecto así fue durante su administración en la que se comprometió con diversas causas humanitarias. Moyn lo destaca así:

la novedad y resonancia simbólicas del término (derechos humanos) en la política de Carter es lo más importante por encima de todo, en la medida en que por primera vez lo incrustaba en la conciencia popular y en un lenguaje no especializado (Moyn, 2015, p. 180).

Esta nueva actitud de los Estados Unidos se explicaba en parte por la bancarrota moral en la que se encontraba ese país luego de la Guerra de Vietnam. Aun así, como lo documenta Moyn, fue un aspecto que entró de forma inesperada y de último momento en la agenda del presidente Carter.

En ese entonces los derechos humanos llegaron con una nueva apariencia, articulados al creciente poder de las ONG y a la presidencia de Carter. Ya no se trataba de declaraciones retóricas, normas, órganos o mecanismos formalmente establecidos. Se trataba del trabajo de grupos de acción transnacional, con un mensaje claro y con campañas para conectar a su audiencia con el sufrimiento humano en diversos lugares del planeta. Igualmente, estos grupos se reconocieron muy tempranamente y en diversos contextos como actores "por encima de la política y más allá de la política" (Moyn, 2015, p. 154). Además, en lugar de comprometerse en grandes cruzadas de transformación social, las actuaciones de los activistas de derechos humanos siguieron un minimalismo estratégico: "salvar el mundo, un individuo a la vez" (Moyn, 2015, p. 154). De esta manera, los derechos humanos llegaron en 1970 como un proyecto de "moralidad internacional legalizada", que en algún momento se interesó por espacios supranacionales de atribución de responsabilidad del Estado, ya existentes y en general inoperantes hasta entonces.

Comentarios finales

Esta historia de los derechos humanos de Moyn da lugar a varias reflexiones como parte de un debate sobre los logros, alcances y limitaciones del movimiento por los derechos humanos. Lo interesante del registro de Moyn radica, en primer lugar, en ubicar la historia de los derechos humanos como algo "por fuera" del derecho. Incluso, aunque encuentra en la presidencia de Carter algo decisivo para el posicionamiento de los derechos humanos en el marco de la política internacional, Moyn observa que no fueron los diplomáticos, ni los abogados internacionalistas, quienes construyeron esta utopía. Estos últimos se mantuvieron, por décadas, desinteresados sobre las posibilidades de los derechos humanos de hacerse un lugar en la disciplina. Los internacionalistas estaban ocupados en garantizar un papel para el derecho en la arquitectura institucional de la posguerra (Moyn, 2015, p. 206).

Por el contrario, fueron las ONG y los movimientos sociales quienes propiciaron la "formación y difusión" del vocabulario de los derechos humanos. Fueron ellos quienes establecieron formas de movilizar sentimientos de indignación y vergüenza más allá de fronteras nacionales, más allá de los canales institucionales de la ONU o de los sistemas regionales. En esto, la lectura de Moyn coincide con la de Balakrishnan Rajagopal, quien reconoce en los movimientos sociales los actores decisivos para promover "desde abajo" los derechos humanos, más allá de las limitaciones y sesgos de los arreglos institucionales provistos "desde arriba" por la burocracia internacional (Rajagopal, 2005).

En segundo lugar, los hallazgos de Moyn son determinantes para afirmar el carácter inestable de la historia internacional de los derechos humanos. Una de las lecciones más importantes de este trabajo, es que deben abandonarse las grandes narrativas sobre el origen y desarrollo de los derechos humanos, las cuales construyen acríticamente una línea de continuidad entre los derechos humanos de hoy, los de la década de 1940 y los de las revoluciones de finales del siglo XVIII. Este tipo de relatos oscurecen las rupturas y contingencias de las luchas humanas a lo largo de dos siglos.

Esto lleva también a cuestionar un lugar común en la historia de los derechos humanos, tal como la han construido los abogados internacionalistas. Para ellos, los derechos humanos y el "perfeccionamiento" de los sistemas internacionales para su protección, son el producto de una "evolución", "avance" o "progreso", alcanzados por "una especie de iluminismo", abanderado por los especialistas en derecho internacional de los derechos humanos que cobraron protagonismo a partir de los setenta (Moyn, 2015, p. 238). Esta concepción evolutiva, es frecuente en textos sobre derecho internacional de los derechos humanos (Buergenthal, 2006) y en documentos oficiales de la Organización de Naciones Unidas o de la Organización de Estados Americanos (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2010, p. 1; Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2012, p. 6).

Por último, uno de los puntos críticos de Moyn es el acento etnocéntrico de su relato. La lectura de Moyn de la historia de los derechos humanos se mantiene en lo ocurrido en la familia "noratlántica": Europa y Estados Unidos. Tanto el recuento sobre el proceso que llevó a que los derechos humanos fueran incluidos en debates políticos internacionales, como la reconstrucción del interés de los abogados internacionalistas por abrir un espacio en la disciplina para los derechos humanos, transcurren en los mismos lugares. En cuanto a lo primero, Moyn presenta el discurso de posesión del Presidente Carter en las escalinatas del Capitolio Nacional en Washington D.C., el 20 de enero de 1977, como convergencia de una serie de procesos ocurridos entre la década de los sesenta y setenta. Frente a lo segundo, Moyn se dedica a estudiar el reconocimiento paulatino de los derechos humanos y de las reclamaciones ante órganos supranacionales, como parte de la agenda de los abogados internacionalistas estadounidenses o a lo sumo ingleses.

En estos análisis, dos nombres ocupan la atención de Moyn: el presidente Jimmy Carter y Louis Henkin, profesor de la Universidad de Columbia, en Nueva York. Este último, consideraba, por ejemplo, que el Pacto Internacional de los Derechos Humanos "había convertido nuestra ideología (se refería a los valores estadounidenses) en una norma internacional" (Moyn, 2015, p. 237). Más allá del sentido estratégico de esta afirmación para procurar la ratificación de ese tratado por parte de los Estados Unidos, la posición de Henkin partía de "una genuina seguridad en la superioridad del modelo social y político estadounidense como sinónimo de un compromiso con los derechos humanos" (Moyn, 2015, p. 237).

Establecer un diálogo entre esta historia de los derechos humanos, con las experiencias y luchas que han ocurrido y ocurren en el Sur Global, es una tarea pendiente a partir del trabajo de Moyn. Una ampliación del marco de análisis para una historiografía de los derechos humanos podría contribuir a hacer algún día posible la pretensión de universalidad de los mismos. Esto contribuiría a promover el valor contextual de los derechos humanos para colectivos e individuos en todo el planeta, en lugar de ser presentados como promesas de un proyecto de civilización que pertenece supuestamente en sus orígenes a una cultura o nación, con dudosas credenciales en términos de su verdadero compromiso con ellos.

Por lo demás, el trabajo de Moyn y su traducción reciente al español constituyen una notable contribución al estudio de los derechos humanos y de su historia. Destaca el trabajo de las ONG y movimientos sociales, que han exigido el cumplimiento de la promesa emancipadora que encarna el vocabulario de las libertades ciudadanas. Propone un examen de los procesos sociales relacionados con las reivindicaciones por los derechos humanos en momentos históricos precisos, y no como una narrativa útil para todos los tiempos. Por último, como uno de muchos idealismos y proyectos utópicos posibles, el trabajo de Moyn invita a renovar la causa por los derechos humanos. Si estos aspiran a ser relevantes en un mundo diferente al que les dio vida, deben rehacerse e incluir reclamos de mayor alcance político, económico y social. Así como surgieron de forma inesperada, haciéndose un lugar en la imaginación colectiva en detrimento de otras causas, los derechos humanos podrían desaparecer algún día como utopía, ante el ascenso de una nueva.

Referencias

Buergenthal, T. (2006). The Evolving International Human Rights System. The American Journal of International Law, 100(4), 783-807.

Clavero, B. (2014). Derecho global: por una historia verosímil de los derechos humanos. Madrid: Trotta.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2010). Documentos Básicos en Materia de Derechos Humanos en el Sistema Interamericano. Washington D.C.: OEA.

Kennedy, D. (2007). El lado oscuro de la virtud. Madrid: Almuzara.

Mazower, M. (2004). The strange triumph of human rights, 1933 - 1950. The Historical Journal, 47(2), 379-398.

Moyn, S. (2015). La última utopía: los derechos humanos en la historia. J. G. Jácome, (Trad.). Bogotá D.C.: Pontificia Universidad Javeriana.

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2012). El sistema de tratados de derechos humanos de Naciones Unidas, Folleto informativo No. 30/Rev. 1. Nueva York: ONU.

Rajagopal, B. (2005). El derecho internacional desde abajo". Bogotá: ILSA.

Notas

1 Traducido al español, en edición de la Pontificia Universidad Javeriana, por Jorge González Jácome.

2 Del trabajo de Helsinki Watch surgió posteriormente la organización conocida hoy como Human Rights Watch.

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