Justicia Transicional: memoria colectiva, reparación, justicia y democracia

Justicia Transicional: memoria colectiva, reparación, justicia y democracia

Revista Estudios Socio-Jurídicos, vol. 19, núm. 1, 2017

Universidad del Rosario

El especial Justicia Transicional: memoria colectiva, reparación, justicia y democracia publicado en Estudios Socio-Jurídicos en 2005 como parte de una colección temática que hasta hoy ha publicado números especiales dedicados al análisis y crítica de diversos temas de importancia nacional, se editó en el marco del proceso de negociación del gobierno de Álvaro Uribe Vélez con los grupos paramilitares y las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Por esta razón, este especial constituye un referente obligatorio para la sociedad colombiana, teniendo en cuenta el actual Proceso de Paz con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y las implicaciones que dicho acuerdo acarrea en temas de memoria colectiva, justicia y democracia en el país.

Dicho número hace referencia a los tres ejes de la Justicia Transicional: justicia, verdad y reparación; recopila las reflexiones de académicos nacionales e internacionales sobre experiencias de paz, desmovilización y reconciliación que tuvieron lugar en diferentes latitudes, en especial los relacionados con Alemania, Argentina y Chile, pues su importancia para la historia puede tener resonancia en los programas de reparación que se preparan, en la actualidad, con ocasión de la firma del tratado de paz entre el Gobierno colombiano y las farc, además de las repercusiones sociales, económicas y políticas, y sus implicaciones en temas de reparación a las víctimas, pues a partir de este momento nuestra Vergangenheitsbewältigung 1 no tiene retorno.

La revista está estructurada en tres grandes áreas de la justicia transicional. La primera parte aborda las "Reflexiones y dilemas de la justicia transicional"; la segunda parte se concentra en la "Construcción jurisprudencial de los derechos de verdad, justicia y reparación" y la tercera parte hace referencia al "Conflicto y violencia en Colombia: políticas públicas y procesos de subjetivación". Por último, la revista presenta un suplemento bibliográfico recopilado, clasificado y seleccionado por estudiantes de la entonces línea de investigación en Democracia y Justicia.

A continuación presentamos de manera sucinta cada uno de los artículos publicados en este especial, de manera que puedan tener una idea clara de lo que allí se abordó y permanece vigente hasta hoy.

La primera parte del especial se refiere a las "Reflexiones y dilemas de la justicia transicional", con los artículos allí reunidos se hace una contextualización histórica sobre procesos de Justicia Transicional que se llevaron a cabo en países como Argentina, Alemania, Chile, El Salvador y Sudáfrica.

Mark J. Osiel, en la traducción del capítulo 4 del libro Mass Atrocity, Collective Memory, and the Law titulado "Perder la perspectiva, distorsionar la historia. Reflexiones y dilemas de la justicia transicional" hace un análisis sobre la estrecha relación entre el enjuiciamiento penal y la interpretación histórica desde la perspectiva de los procesos de Núremberg, Tokio y Argentina, con los cuales se muestran las variables del derecho y de la historiografía y su forma de aproximarse al pasado. El esfuerzo de esta reflexión radica en su necesidad de mostrar que durante los procesos penales en Alemania, Argentina y Chile, entre muchos otros, jugaban un rol importante no solo los procedimientos penales sino también la reconstrucción historiográfica de los hechos. En consecuencia, las tensiones de un lado y de otro, es decir, de lo penal y lo histórico son rastreadas y presentadas de manera que se pueda entender que, a pesar de las discrepancias entre uno y otro, los esfuerzos realizados en cada uno de los procesos, surtieron sus efectos en el corto y largo plazo.

Jaime Malamud Goti en su artículo "Dignidad, venganza y fomento de la democracia" pone como centro de la discusión el castigo y el proceso penal llevado a cabo a los responsables de las torturas y desapariciones de la dictadura militar en Argentina y, tras un análisis de lo sucedido, concluye que las teorías retribucionistas no funcionan de la misma manera en casos de violaciones de derechos humanos; en cambio, propone una teoría centrada en la víctima, es decir, en la recuperación de su dignidad y el respeto por sí misma, cuestiones que desde el retribucionismo radical quedan completamente olvidadas, pues se concentran estrictamente en la imposición de un castigo al culpable. Malamud Goti sostiene que los fracasos de los juicios se originaron en la concepción bipolar de aliados y enemigos, o culpables e inocentes, pues la culpa y la responsabilidad se atribuyó, finalmente, solo a un grupo social particular -los militares- dejando de lado, por completo, buena parte de la sociedad que contribuyó, de una manera u otra, con los crímenes perpetrados por estos durante la dictadura. En este sentido, los juicios de la Argentina fracasaron en su afán de inculpación.

El tercer artículo de esta primera parte estuvo a cargo de Pablo de Greiff. El documento titulado "Los esfuerzos de reparación en una perspectiva internacional: el aporte de la compensación al logro de la justicia imperfecta" comprende una sistematización de los retos que tienen los encargados de formular los programas de reparación. De Greiff hace referencia a tres esfuerzos de reparación destacables en procesos de justicia transicional. En el caso de Alemania hace énfasis en la imposibilidad de restituir a las víctimas del Holocausto tras la Segunda Guerra Mundial; no obstante, destaca los esfuerzos notables por parte de los alemanes para resarcir los daños causados, teniendo en cuenta la cobertura geográfica y los grandes grupos étnicos que cobijó en ese primer modelo de restitución a escala macro para la contemporaneidad.

En el caso argentino, se contempló el salario más alto de la administración pública nacional como retribución económica para las víctimas, no obstante, en muchos casos se cuestionó dicha forma de retribución, pues más allá de una remuneración económica, lo que los familiares de los desaparecidos buscaban y necesitaban era que el Estado asumiera la responsabilidad por los daños causados. Al final de estos procesos lo que se obtuvo fue el perdón para los culpables y el dinero para las víctimas.

En Chile, en cambio, tras diecisiete años de la dictadura de Augusto Pinochet, se logró, lo que hasta ahora ha sido el mejor programa de reparación para las víctimas. Dicho modelo eximió a los hijos de las víctimas a prestar el servicio militar, otorgó becas para educación primaria, al igual que un monto para la subsistencia dentro del año escolar; creó un programa especial de salud para los familiares de las víctimas (cónyuges, hijos, padres y hermanos), además de incluir a gran parte de la población que se había visto perturbada por la violencia política y, finalmente, se promovieron diferentes leyes encaminadas a satisfacer las necesidades de pensión para los campesinos afectados por la dictadura. Lamentablemente, el tema de las torturas no fue abordado por el ejecutivo, lo que al día de hoy genera interrogantes respecto a qué tanto se reparo a las víctimas. Sin embargo, el modelo chileno es el que más se asemeja a la reparación integral, pues implementó medidas encaminadas a satisfacer y reconocer a las víctimas y a sus familiares.

Ethel Nataly Castellanos en su artículo "Verdad, justicia y reparación en Argentina, El Salvador y Sudáfrica. Perspectiva comparada" describe el seguimiento de los procesos de justicia transicional en Argentina, El Salvador y Sudáfrica. El análisis crítico y comparado de esta autora nos remite a preguntas particulares y centrales sobre temas de justicia y paz; quizá también estas huellas históricas nos sirvan como base para repensar nuestro propio caso en Colombia. Las conclusiones de este texto remiten principalmente a la inclusión de las fuerzas armadas involucradas en el conflicto a hacer parte de los procesos de reconciliación. Por otra parte, es necesario dejar de lado las comparaciones y el discurso polarizador de "vencedores" y "perdedores o vencidos", para poder encaminar a buen término los diálogos que permitirán transformar y crear un imaginario social en donde todos los actores poblacionales jueguen un rol preponderante en la construcción del tejido social.

A continuación, Wilson Herrera presenta su artículo titulado "El perdón y la ética del discurso" desde el cual aborda el tema ético como parte esencial del perdón y la reparación. A partir del texto surgen interrogantes como ¿es el perdón una norma moral y tienen las víctimas el deber moral de perdonar?, ¿hay crímenes imperdonables? Si el transgresor está arrepentido y pide voluntariamente perdón, ¿debe ser perdonado? Todos estos interrogantes surgen como parte de la reflexión que debe abordarse desde la perspectiva de las víctimas, pues finalmente son ellas quienes tienen la posibilidad de transformar el perdón en una oportunidad para construir un mejor escenario para lo que sucederá en el futuro. Este proceso transformativo, debe estar encaminado a generar procesos de confianza y reconciliación entre victimarios y víctimas, para lograr así superar el odio y la venganza, y lograr una evolución profunda en el carácter de los sujetos.

Para cerrar esta primera parte, se presenta a Camila de Gamboa con el documento titulado "El deber de recordar un pasado problemático", el cual plantea como necesario el hecho de recordar el pasado con miras a establecer la transición del régimen a la democracia, y enfatiza en la necesidad de asumir las responsabilidades sobre estos procesos por parte, no solo de quienes cometieron los crímenes, sino también de quienes permitieron que dichos sucesos ocurrieran con el consenso tanto de implicados como de víctimas.

En la segunda parte de este especial, titulada "Construcción jurisprudencial de los derechos de verdad, justicia y reparación" se hace un estudio jurisprudencial respecto de los derechos de las víctimas en procesos de transición.

Tatiana Rincón en su artículo "La verdad histórica: una verdad que se establece y legitima desde el punto de vista de las víctimas" se propone analizar el concepto de ’verdad histórica’ que opera desde el contexto normativo de los tribunales internacionales y el significado de esta en la definición de una sociedad donde sus víctimas tienen clara incidencia en los procesos de memoria y verdad.

Manuel Fernando Quinche en su artículo "Estándares regionales e internos para los procesos de paz y de reinserción en Colombia", es el encargado de establecer los antecedentes históricos y políticos que tuvieron relevancia en el proceso de paz llevado a cabo con las auc y los grupos paramilitares durante el gobierno de Alvaro Uribe Vélez. No obstante, desde su análisis se puede evidenciar que el marco jurídico de dicho proceso dejó un margen absoluto para la impunidad, teniendo en cuenta que las medidas allí establecidas no cumplían con los estándares de la Corte Interamericana de Justicia.

La tercera parte de este especial de Justicia Transicional hizo referencia al tema de políticas públicas en el marco del conflicto en Colombia. El primer artículo de esta última fase de reflexión corresponde a Adolfo Chaparro Amaya y se titula "Procesos de subjetivación, conflicto armado y construcción del Estado Nación en Colombia", en el cual reflexiona sobre la variedad de discursos políticos y sociales de los actores del conflicto armado en Colombia y cómo su percepción de ’violencia’ en los años noventa cambió la forma del discurso y de la teoría social, respecto a las propuestas para salir del conflicto armado en Colombia durante esa época.

Es importante recalcar que el texto hace énfasis en la necesidad, por parte de la sociedad colombiana, de cambiar la mentalidad respecto de las causas, actores y posibles salidas del conflicto. Si bien han existido grupos armados, que han tenido relevancia en la agudización de la violencia en Colombia, no existe una única causa del conflicto armado, ni a todos sus actores se los debe acoger bajo los mismos supuestos. La violencia en Colombia se ha convertido en un problema nodal de la sociedad.

Por su parte, Laly Catalina Peralta en su artículo "Resistencia ciudadana y conflicto armado. Un estudio de caso: desarticulación de redes sociales en el Pacífico colombiano" ilustra fielmente el conflicto que se vive en el Pacífico, su relación directa con el cultivo de palma africana, y de este con actores legales e ilegales. No obstante, a raíz de este discurso también es posible ver los mecanismos que han encontrado, tanto comunidades afrodescendientes como indígenas articuladas en redes, para contener, de alguna manera, la devastación que estos megaproyectos causan en sus territorios.

Finalmente, Carolina Galindo Hernández en su artículo "De la Seguridad Nacional a la Seguridad Democrática: nuevos problemas, viejos esquemas", fue la encargada de explicar la implementación del modelo de Seguridad Democrática, impulsado por Alvaro Uribe Vélez durante su gobierno. Este modelo desconoció la realidad del conflicto en Colombia y se encargó de construir un discurso de lucha contra el terrorismo y de persecución a los grupos divergentes.

Conclusiones

Después de 11 años de la publicación de este especial de Estudios Socio-Jurídicos es posible entender las implicaciones de los procesos de justicia transicional que se han llevado a cabo en diferentes países. Asimismo, es posible comprender el contexto y las consecuencias, tanto jurídicas como sociales, de la Ley de Justicia y Paz que adelantó el gobierno de Alvaro Uribe Vélez. Además, a pesar de las diferencias culturales de los países y de las circunstancias particulares del proceso actual, los procesos de esta magnitud confluyen en la creación de políticas públicas acordes a las necesidades de toda la sociedad, en especial de las víctimas de los conflictos, pilar fundamental en el éxito de los procesos de justicia transicional basados en el perdón, la justicia y la reparación con garantías de no repetición.

Notas

1 Vergangenheitsbewältigung describe el intento de analizar, asimilar y aprender a vivir con el pasado, en particular, en Alemania luego de la época del Holocausto y las atrocidades cometidas durante el Tercer Reich mientras Adolf Hitler estaba en el poder. En particular refleja la preocupación sobre la colaboración de muchas instituciones culturales, religiosas y políticas alemanas con el nazismo. El término, por lo tanto, trata sobre la responsabilidad concreta del Estado alemán (la República Federal de Alemania como sucesora del Tercer Reich) y de los alemanes individual y colectivamente por todo lo sucedido bajo el régimen de Hitler y sobre las causas por las que una sociedad comprometida con los valores de la Ilustración se derrumbó bajo el empuje de la ideología nazi. Tomado de: https://es.wikipedia.org/wiki/Vergangenheitsbew%C3%A4ltigung .