Observatorio de Derecho Internacional: actividad internacional 2018

Observatorio de Derecho Internacional: actividad internacional 2018

Anuario Colombiano de Derecho Internacional, vol. 13, 2020

Universidad del Rosario

Observatorio de Derecho Internacional: actividad internacional 2018

Consejo de Seguridad de Naciones Unidasa

El Consejo de Seguridad de Naciones Unidas es el organismo encargado del mantenimiento de la paz y la seguridad internacional de acuerdo con el artículo 24 de la Carta de San Francisco y está conformado por quince miembros —cinco son permanentes y diez no lo son—, cuyo periodo es de dos años. En el 2018, la Asamblea General elegió como nuevos miembros no permanentes a Alemania, Bélgica, Indonesia, República Dominicana y Sudáfrica.

Durante el periodo de ese año, el Consejo emitió 54 resoluciones en las que se hizo referencia al mantenimiento de la paz y la seguridad internacional en territorios como Oriente Medio y África. Así mismo, hizo especial énfasis en las consecuencias de la proliferación de armas nucleares, haciendo referencia a los constantes experimentos realizados por la República Popular Democrática de Corea.

Gran parte de la atención del Consejo durante este periodo se enfocó en el continente africano. Frente a la situación en la República Centroafricana, a través de la Resolución 299, el Consejo prorrogó el embargo de las armas y las sanciones selectivas. Así mismo, mantuvo el apoyo a Libia a través de declaraciones de la Presidencia como la s/ prst/2018/11 la cual brinda apoyo a los preparativos de las elecciones. En particular para Malí, el Consejo mencionó con especial agrado el proceso de paz que está llevando a cabo y a través de la Resolución 2423 se recomendó al Gobierno de Malí y a las Naciones Unidas la firma de un pacto por la paz, el cual fue firmado en octubre. Finalmente, el Consejo prestó especial atención a la situación en Sudan del Sur, donde manifestó su preocupación por los constantes enfrentamientos armados que han llevado a repetidas violaciones del Acuerdo sobre la Cesación de las Hostilidades, la Protección de Civiles y el Acceso Humanitario, aunque celebró el Acuerdo sobre las Cuestiones de Gobernanza Pendientes y Responsabilidades Compartidas, suscrito por el presidente de Sudan del Sur y el líder de la oposición.

Junto con África, Oriente Medio fue uno de los territorios donde se presentaron situaciones que amenazaban la paz y la seguridad internacional. El Consejo reafirmó su compromiso con la estabilidad, seguridad, soberanía e independencia política del Líbano. Frente a la situación que se estaba presentado en Siria, el Consejo resaltó con preocupación el uso de armas químicas en la ciudad de Duma y emitió la Resolución 2401, en la que les ordena a las partes la cesación de las hostilidades con la finalidad de realizar una pausa humanitaria por un lapso de 30 días. Igualmente, el Consejo expresó su preocupación sobre la situación en Gaza, donde la manifestación de la Gran Marcha en Retorno provocó un aumento en la violencia. Así mismo, hizo particular énfasis en la grave situación humanitaria en Yemen y solicitó, a través de la Resolución 2451, al Gobierno de Yemen y a los huzies la eliminación de obstáculos burocráticos al comercio y a la ayuda humanitaria.

Otro territorio de especial atención durante este periodo fue Asía, en particular Afganistán, donde a través de declaraciones de la Presidencia (s/prst/2018/15) se dio apoyo a las elecciones parlamentarias. En el mes de enero, a través de la Declaración s/prst/2018/2, se reafirmó la importancia de la prevención de conflictos y se destacó el aumento de cooperación entre Afganistán y los Estados de Asía Central.

En el territorio europeo, el Consejo centró su atención en dos territorios: Bosnia y Herzegovina y Chipre. Frente al primero, a través de la Resolución 2443, se renovó la autorización para que los Estados miembros en cooperación con la Unión Europea establecieran las fuerzas multinacionales de estabilización como sucesoras de la Fuerza de Estabilización en Bosnia y Herzegovina. Mientras que frente a Chipre, el Consejo, a través de la resoluciones 2398 y 2430, instó a las partes a llegar a una solución duradera, fundada en la igualdad política; además, a través de la Resolución 2398, solicitó al Secretario General un informe sobre los progresos sobre la búsqueda de una solución. En su respuesta, este afirmó que no se han dado avances sustanciales para alcanzar una solución y nombró a un funcionario para ayudar a las partes en las negociaciones.

A nivel del continente americano, el Consejo prestó especial atención a Colombia, reafirmando su apoyo al proceso de paz y resaltando con agrado el compromiso que tienen las partes, en particular el gobierno del nuevo Presidente Ivan Duque. Sin embargo, también resaltó la necesidad de reintegrar de forma plena a los antiguos miembros de las farc-ep y su creciente preocupación frente a los ataques y asesinatos a líderes sociales y comunitarios. Por otro lado, lamentó la cesación de los diálogos entre el Gobierno y el eln. Finalmente, a través de la Resolución 2435, el Consejo mantuvo el apoyo a la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia.

Consejo Economico y Social de Naciones Unidasb

El Consejo Económico y Social es el órgano encargado de promover, a través de diferentes programas, la materialización de tres diferentes aspectos: económico, social y ambiental. Para el periodo 2018, fueron elegidos como miembros Ghana, Malawi, Marruecos, Sudán, Togo, India, Japón, Filipinas, Bielorrusia, Ecuador, El Salvador, México, Uruguay, Francia, Alemania, Irlanda, Malta, Turquía y España.

En este periodo, el Consejo escogió como presidente a Marie Chatardová (Chequia) y a Marc Pecsteen de Buytswerve (Bélgica), Inga Rhonda King (San Vicente y las Granadinas) y Mahmadamin Mahmadamonov (Tayikistán) como vicepresidentes.

A través de la Decisión 2017/208, el Consejo determinó que el tema del periodo de sesiones de 2018 sería: “De lo mundial a lo local: apoyo a sociedades sostenibles y resilientes en comunidades urbanas y rurales”.

Durante este periodo de sesiones, el Consejo se centró en diferentes aspectos del desarrollo sostenible. Por un lado, se celebraron foros donde se abrió la discusión de un “Desarrollo sostenible en una era de rápido cambio tecnológico” (E/2018/SR.3). Así mismo, el Consejo tuvo una reunión extraordinaria sobre el “Impacto de los recientes huracanes: cómo lograr una Agenda 2030 resiliente que tenga en cuenta los riesgos” (E/2018/SR.4 y E/2018/SR.5), en la cual se resaltó la importancia de contar con la infraestructura suficiente para contrarrestar este tipo de desastres, así como la importancia de la ayuda y cooperación internacional. Finalmente, en temas relacionados con el desarrollo sostenible, el Consejo realizó una reunión especial sobre el tema “Hacía unas sociedades sostenibles, resilientes, e inclusivas para todos mediante la participación” (E/2018/SR.32 y E/2018/SR.33), donde mencionó la importancia de los diferentes mecanismos de participación que se han creado en los últimos años gracias al internet, pero también se resaltó la dificultad de distintas comunidades para acceder a este servicio y la necesidad de los Estados y empresas particulares de encontrar formas para garantizar el acceso a este servicio.

En este periodo, el Consejo también celebró la “Reunión especial del Consejo Económico y Social sobre cooperación internacional en cuestiones de tributación” (Resolución 2018/1), en la cual se resaltó la importancia del Comité de Expertos sobre la Cooperación Internacional en Cuestiones de Tributación y lo alentó a desarrollar una estructura tributaria mundial capaz de adaptarse a la rápida evolución de los mercados internacionales.

Además, se llevó a acabo el Foro del Consejo Económico y Social sobre el seguimiento de la financiación para el desarrollo, donde participaron organizaciones internacionales como la Organización Mundial del Comercio y la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Comercio y el Desarrollo. Además de celebrar los avances, se resaltó con preocupación la disminución de la asistencia oficial a los Estados menos adelantados, así como la disminución de la exportaciones y el crecimiento de las deudas de dichos Estados. Finalmente, en este foro se llegó a la conclusión que es necesario intensificar el apoyo a los Estados menos adelantados.

En lo relativo a las resoluciones emitidas durante este periodo, el Consejo se enfocó en desarrollar programas que beneficiaran a sujetos de especial protección como la comunidad en Palestina, las mujeres y las personas de la tercera edad, así como prevenir el delito a través del fortalecimiento del Estado de derecho, todo con miras al desarrollo sostenible.

Asamblea General de Naciones Unidasc

La Asamblea General es el órgano deliberativo de la Organización de Naciones Unidas, el cual tiene como funciones principales el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, la admisión de los miembros y la adopción de decisiones. En este órgano en especial se puede observar la aplicación del Principio de Igualdad Soberana de los Estados, gracias a que cada uno de los 193 Estados miembros tiene un voto.

Durante las sesiones realizadas en 2018, el tema central fue “hacer que las Naciones Unidas sean relevantes para todas las personas: liderazgo mundial y responsabilidades compartidas para sociedades pacíficas, equitativas y sostenibles”. Fue escogida como Presidenta de la Asamblea la ecuatoriana María Fernanda Espinosa, quien es la cuarta mujer elegida para este cargo y la primera latinoamericana.

Durante este periodo, la Asamblea General emitió 313 resoluciones, las cuales abarcaron temas relativos a las armas, la protección de derechos humanos, el cambio climático y las cuestiones relacionadas con el desarrollo del derecho internacional.

Con relación al primer tema, relativo a las armas, la Asamblea emitió resoluciones en las que analizaron diferentes aspectos, entre los cuales se debe resaltar la resolución a/res/73/30 la cual hace referencia a la prevención de una carrera armamentista en el espacio ultraterrestre; la resolución a/res/73/37 la cual desarrolla la relación entre el desarme y el desarrollo; la resolución a/res/73/45 que verifica la aplicación del Convenio sobre la Prohibición de Desarrollo, Producción, Almacenamiento y la Utilización de Armas Químicas y sobre su Destrucción; la resolución a/res/73/47 relativa a la consecuencias humanitarias de las armas nucleares, y la resolución a/res/73/84 la cual estudia la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Uso de Ciertas Armas Convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o que tengan efectos indiscriminados.

Frente a los derechos humanos, la Asamblea se concentró en la asistencia de los refugiados palestinos (a/res/73/173). Además, la Asamblea también analizó cuestiones relacionadas a la educación (a/ res/737134) y la promoción y protección de derechos humanos y las libertades fundamentales, incluso los derechos de reunión pacífica y la libertad de asociación (a/res/73/1173).

El cambio climático siempre es una constante en las discusiones de la Asamblea General, en este periodo se emitió la resolución a/res/73/232 relativa a la protección del clima mundial para las generaciones presentes y futuras de la humanidad. Así mismo, se hizo énfasis en la importancia de la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030.

La Asamblea emitió varias resoluciones en las que se adoptaron decisiones que ayudan al desarrollo del derecho internacional, entre las cuales es importante mencionar la resolución a/res/73/199, en la que se desarrolló la Ley Modelo sobre la Mediación Comercial Internacional y acuerdos de arreglo internacional resultantes de la mediación de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y la resolución a/res/73/203 relativa a la identificación de la costumbre.

Finalmente, la Asamblea ha venido realizando un esfuerzo en el proceso de revitalización de su labor, y en las sesiones de este año el objetivo fue determinar nuevos modos de potenciar su función, autoridad, eficacia y eficiencia.

Comisión de Derecho Internacional (cdi) d

La cdi fue creada en el año 1947 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, con la misión de promover el desarrollo del derecho internacional y ayudar con su codificación a través de convenciones y otros instrumentos internacionales. La cdi se encarga de temas de derecho penal internacional, derecho internacional privado y especialmente de derecho internacional público.

En el informe de esta comisión en el 2018, se evidencian varios avances y novedades en asuntos como el derecho internacional consuetudinario, la aplicación provisional de los tratados y la sucesión de Estados en relación con la responsabilidad del Estado, entre otros.

Con respecto al tema de las normas imperativas de derecho internacional general, esta analizó cuáles eran las consecuencias que tenían las normas ius cogens para el derecho de los tratados y para el derecho de la responsabilidad del Estado. Además, se ocupó de estudiar los aspectos procesales de la inmunidad de funcionarios estatales de jurisdicción penal extranjera.

La cdi también revisó el tema de aplicación provisional de los tratados, cuyo resultado fue un memorando en el que se evaluaban las prácticas de los Estados en casos de tratados que fueron depositados o registrados durante los últimos años y cuya aplicación se previó como provisional.

Adicionalmente, durante este año la cdi expidió el Proyecto de Conclusiones sobre la Identificación del Derecho Internacional Consuetudinario, el cual trata sobre la forma en que la existencia y el contenido de las reglas de derecho internacional consuetudinario deben ser determinados e incluye formas y medios para recaudar evidencia de este.

Referencias

Organización de la Naciones Unidas, Comisión de Derecho Internacionl. Draft conclusions on identification of customary international law. 2018. https://legal.un.org/docs/?path=../ilc/texts/instruments/english/ draft_articles/1_13_2018.pdf&lang=EF

Organización de las Naciones Unidas, Comisión de Derecho Internacional. Resumen de la labor de la Comisión en su 70º período de sesiones. https:// legal.un.org/ilc/reports/2018/spanish/chp2.pdf

Organización de las Naciones Unidas, Comisión de Derecho Internacional. Summaries of the Work of the International Law Commission. https:// legal.un.org/ilc/summaries/1_13.shtml

Corte Internacional de Justicia (cij) e

La cij fue instituida con el propósito de dar solución a los distintos tipos de conflictos que se originaban entre Estados. Creada desde 1945 por la Carta de Naciones Unidas y funcionando desde 1946, con sede en el Palacio de la Paz en La Haya, es la encargada de llevar a cabo los procesos jurídicos para solucionar controversias internacionales y evitar que los Estados usen la violencia como forma para resolver los conflictos.

Dentro de los temas analizados en el 2018 se encuentran: la delimitación marítima y de las plataformas continentales, presuntas violaciones de derechos soberanos y actividades militares, entre otros.

Durante este año, la cij expidió varias decisiones de gran importancia y transcendencia en el ámbito internacional, entre las cuales encontramos el fallo emitido el 2 de febrero sobre la indemnización que Nicaragua debía pagar a Costa Rica por el daño ambiental que ocasionó, debido a actividades ilícitas cometidas en territorio costarricense que produjeron graves lesiones materiales. Costa Rica demandó por incursión del ejército, ocupación y uso de territorio costarricense, además de “supuestos” incumplimientos en diversas obligaciones establecidas en tratados y convenciones internacionales.

Esta indemnización quedó fijada en 12 000 usd por degradación o pérdida de bienes y servicios ambientales, 2708 usd por los costos para reparar el humedal reclamado por Costa Rica y 236 032 usd para indemnizar los gastos ocasionados de manera directa por esas actividades ilícitas realizadas por el Estado condenado.

También hubo otro fallo que resolvió un conflicto entre los mismos Estados por delimitación marítima en el mar Caribe y el Océano Pacífico. Con una votación de catorce votos contra dos, la cij decidió declarar que

la República de Costa Rica tiene la soberanía sobre la totalidad de la parte septentrional de Isla Portillos, a excepción de la laguna de Harbor Head y del cordón litoral que separa esta última del mar Caribe, sobre los cuales Nicaragua tiene la soberanía en el interior de la frontera.

Como consecuencia de esto, ordena a la República de Nicaragua retirar el campamento militar que tenía en este sitio, ya que está violando la soberanía de la República de Costa Rica.

De igual forma, la cij resolvió el conflicto sobre la supuesta obligación de Chile de negociar el acceso al Océano Pacífico que solicitaba Bolivia. Este último demandó a Chile por negarse a negociar de manera pacífica y consensual la salida al mar que le corresponde a Bolivia. Chile solicitó que se desestimaran todas las pretensiones propuestas por Bolivia, las cuales en su respectivo orden eran que se declarara la obligación de Chile de negociar el acceso al Océano Pacífico (incumplida) y, por tanto, que se le obligara a cumplirla de buena fé y lo más prontamente. Con respecto a estas pretensiones, se decidió que la República de Chile nunca se había comprometido legalmente a esto y por eso se rechazaron todas las demás observaciones por parte del Estado Plurinacional de Bolivia.

Adicionalmente, a la cij llegó una solicitud de revisión del fallo dictado el 23 de mayo de 2008 el cual establecía que: “a) la soberanía sobre Pedra Branca/Pulau Batu Puteh pertenecía a Singapur; b) la soberanía sobre Middle Rocks pertenecía a Malasia; y c) la soberanía sobre South Ledge pertenecía al Estado en cuyas aguas territoriales se encontraba”. Para solicitar dicha revisión, Malasia recurrió al artículo 61 del Estatuto de la cij el cual menciona que se puede pedir la revisión del fallo cuando sucede el descubrimiento de un hecho nuevo que la cij desconocía al momento de dictarlo y que es de tal trascendencia que puede ser decisivo a la hora de tomar la decisión. Finalmente, el 28 de mayo de 2018, Malasia le manifestó a la cij que las partes habían pactado el desistimiento de la causa.

Referencias

Organización de las Naciones Unidas, Asamblea General. Informe de la Corte Internacional de Justicia. 1 de agosto de 2017 a 31 de julio de 2018. https://www.icj-cij.org/files/annual-reports/2017-2018-es.pdf

Organización de las Naciones Unidas, Asamblea General. Informe de la Corte Internacional de Justicia. 1 de agosto de 2018 a 31 de julio de 2019. https://www.icj-cij.org/files/annual-reports/2018-2019-es.pdf

Corte Permanente de Arbitraje (cpa)f

En el 2018, la Corte Permanente de Arbitraje (cpa) registró un total de 190 casos, de los cuales 56 iniciaron ese mismo año. En comparación con el año 2019 hubo un incremento de 30 casos, antes no se había visto tanta actividad en la institución.

Las cifras sobre las actuaciones de 2018 fueron las siguientes: 3 arbitrajes interestatales, 1 conciliación interestatal, 112 arbitrajes inversor-Estado por tratados bilaterales, multilaterales o leyes nacionales de inversión, 70 arbitrajes de contratos que implican un Estado, una organización intergubernamental u otra entidad pública, 1 arbitraje entre una entidad privada y un Estado (bajo un acuerdo de arbitraje) según el Reglamento de la cpa de 2012 y 2 arbitrajes entre federaciones sindicales mundiales y entidades privadas por un incendio y la construcción de un acuerdo de seguridad.

1. Conciliación entre la República Democrática de Timor-Leste y la comunidad de Australia

Después de los procedimientos de conciliación sobre la frontera marítima entre Timor Oriental y Australia, el 11 de abril de 2016, la República Democrática de Timor-Leste inició un procedimiento de conciliación obligatoria con el Gobierno de la Comunidad de Australia.

Se realizaron reuniones entre la Comisión de Conciliación y las partes en el curso de 2017, así se llegó a un acuerdo sobre el Tratado de Límites Marítimos en octubre de ese mismo año. Las partes se siguieron reuniendo con la Comisión para solucionar la relación con el campo Greater Sunrise.

El 6 de marzo de 2018, Timor Oriental y Australia firmaron sus nuevas fronteras marítimas en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York; fueron testigos el Secretario General de las Naciones Unidas, el Presidente de la Comisión de Conciliación y los miembros de la misma. El 9 de mayo de 2018 se publicó el informe sobre estos procedimientos.

2. Disputa sobre los derechos del Estado costero en el mar Negro, mar de Azov y el estrecho de Kerch entre la República de Ucrania y la Federación de Rusia

En el año 2016, Ucrania presenta una demanda del anexo vii de la Convención de 1982 sobre los derechos del Estado ribereño en el Mar Negro, el Mar de Azov y estrecho de Kerch contra la Federación de Rusia.

El 20 de agosto 2018, el Tribunal emite unánimemente la Orden Procesal No. 3 para escuchar excepciones preliminares de la Federación de Rusia; estas están en un documento de prensa del 31 de agosto de 2018, sumadas a las reclamaciones de Ucrania y objeciones de la Federación de Rusia.

3. El incidente de Enrica Lexie entre la República de Italia y la República de la India

El 11 de diciembre de 2015, Italia presentó una solicitud para la prescripción de medidas provisionales. El 26 de febrero de 2016, India presentó sus observaciones escritas sobre esa solicitud. En audiencia pública, el 29 de abril de 2016, el Tribunal de Arbitraje presenta una resolución sobre la petición de Italia.

De acuerdo con el procedimiento, las partes intercambian escritos sobre la jurisdicción del Tribunal y los méritos del caso. El 30 de septiembre de 2016, Italia presentó su memorial; el 14 de abril de 2017, India presentó su contestación en respuesta al memorial de Italia, las objeciones respecto a la admisibilidad de sus alegatos y a la jurisdicción del Tribunal, además, de las reconvenciones.

El 11 de agosto de 2017, Italia presentó su réplica de fondo. El 15 de diciembre de 2017, India presentó su dúplica sobre la competencia y respuesta de las reconvenciones de Italia. El 9 marzo de 2018, Italia realiza la misma dúplica.

La audiencia de fondo originalmente fue programada para llevarse a cabo en el otoño de 2018; sin embargo, el juez Patibandla Chandrasekhara Rao enfermó y falleció el 11 de octubre de 2018. La República de la India designó entonces al Dr. Pemmaraju Sreenivasa Rao como nuevo árbitro el 26 de noviembre de 2018. La audiencia se realizó en julio de 2019.

4. Louis Dreyfus Armateurs S.A.S. (Francia) contra la República de la India

El 31 de marzo de 2014, Louis Dreyfus Armateurs s.a.s. (Francia) inició un proceso de arbitraje contra la República de la India bajo el Reglamento de Arbitraje de 1976 por el Plan de Operaciones sobre la Manipulación Mecánica de Carga en dos lados del muelle Haldia en el puerto de Calcuta. El 22 de diciembre de 2015, el Tribunal emitió una decisión sobre la jurisdicción y el 11 de septiembre de 2018 dictó su decisión final.

5. Arbitraje del Acuerdo de Bangladesh

El arbitraje estuvo bajo el Acuerdo sobre Seguridad contra Incendios y Construcción de Bangladesh del 2013, entre marcas globales y sindicatos. Los demandantes en los arbitrajes fueron IndustriALL Global Union y uni Global Union (no gubernamentales). Estos comenzaron el 8 de julio de 2016 contra la primera demanda y el 11 de octubre de 2016 contra la segunda.

Se aplicaron las Reglas de Arbitraje de la cnudmi de 2010; el Secretario General de la cpa era la autoridad nominadora y el cpa actuó como registro. El Tribunal se constituyó formalmente el 3 de febrero de 2017 y en marzo del mismo año se discutieron cuestiones procesales preliminares. El 4 de septiembre de 2017, el Tribunal determinó que los reclamos eran admisibles; posteriormente, las partes desarrollaron un protocolo de confidencialidad.

Después de la producción de documentos y algunas presentaciones, los casos fueron suspendidos para discusiones de acuerdo. El 17 de julio de 2018, el Tribunal emitió órdenes de terminación de ambos reclamos, luego de la resolución por las partes.

6. Everest Estate llc y col. c. la Federación de Rusia

Este arbitraje tenía como objeto la supuesta expropiación de los bienes inmuebles de los demandantes en Crimea. El Tribunal dictó una decisión acerca de la jurisdicción el 20 de marzo de 2017 y una decisión final de fondo el 2 de mayo de 2018.

7. Ecuadortlc S.A. (Ecuador), Cayman International Exploration Company S.A. (Panama) y Teikoku Oil Ecuador (Cayman Islands) c. la República de Ecuador, Secretaría de Hidrocarburos de Ecuador y la Empresa Pública de Hidrocarburos de Ecuador (Ep petroecuador)

Este arbitraje resultó de los Acuerdos relativos a la ración y explotación de petróleo en Ecuador. El Tribunal emitió un fallo definitivo el 16 de enero 2018.

8. Panel de Revisión establecido bajo la Convención y Manejo de los Recursos Pesqueros de Alta Mar en el Océano Pacífico Sur

El 28 de marzo de 2018, Ecuador presentó una objeción a la Medida de Conservación y Manejo de Trachurus murphyi (cmm 01-2018) adoptada por la Comisión de la Organización Regional de Manejo Pesquero del Pacífico Sur el 3 de febrero de 2018.

Se opuso a su tonelaje y participación porcentual en la captura total admisible de Trachurus murphyi, ya que discrimina de forma injustificable a Ecuador y es incompatible con la Convención sobre la Conservación y Gestión de los Recursos Pesqueros de Alta Mar en el Océano Pacífico Sur. Las disposiciones de estos instrumentos requieren la consideración de los requisitos especiales de los Estados costeros en desarrollo.

El 25 de abril de 2018, se estableció un panel de revisión; posteriormente, el 23 de mayo de 2018 se realizó una audiencia sobre la objeción a la que asistieron Ecuador, la organización, Perú, Chile, Nueva Zelanda, Australia y el Taipéi Chino.

El 5 de junio de 2018, el panel de revisión emitió sus hallazgos y recomendaciones; sin embargo, los motivos de la objeción no estaban justificados y las medidas alternativas adoptadas no eran iguales a la decisión objetada. Al mismo tiempo, se trataron ciertas posibilidades de avanzar frente a las preocupaciones de Ecuador.

Tribunal Internacional de Derecho del Mar (tidm) g

El Tribunal Internacional del Mar en el 2018 tuvo actividad y se manifestó en declaraciones, el desarrollo de un caso, una visita por parte del Secretario General de la Organización Marítima Internacional (omi) y del Asesor Jurídico de las Naciones Unidas, y modificaciones de las reglas del tribunal. A continuación, se mencionarán las actuaciones más relevantes de este periodo.

1. Modificación de las Reglas del Tribunal

El 25 de septiembre de 2018, se modificó el reglamento sobre la autorización de una segunda ronda de escritos: la reforma del artículo 60 (párrafo 2) refiere al procedimiento cuando un caso ha sido sometido al Tribunal por medio de una aplicación y el artículo 61 (párrafo 3) acerca del procedimiento cuando se presenta un caso a través de un acuerdo especial.

Después de estos cambios en la normativa, el Presidente del Tribunal podrá autorizar una segunda ronda de escritos en contraposición a la situación anterior, donde la autorización debía ser administrada solo por el Tribunal.

2. Caso M/V “Norstar” (Panamá c. Italia)

Panamá reclama a Italia el 17 de diciembre de 2015 la violación de obligaciones establecidas en los artículos 87 (Libertad de la alta mar) y 300 (Buena fe y abuso de derecho) de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Además, pide que que se desestimen las solicitudes de compensación que se otorgarán a Panamá y sus alegaciones. Lo anterior, por cuenta de un buque retenido en España a petición de Italia en septiembre de 1998.

El 16 de agosto de 2018, se fija el calendario para la audiencia pública, en la cual se desarrollarán la primera y segunda ronda de argumentos orales de Panamá e Italia, cada Estado con su respectiva fecha.

3. El presidente Paik informa en la reunión de los Estados Partes

El Presidente del Tribunal Internacional del Derecho del Mar presentó el informe anual del Tribunal de 2017 en la Reunión de los Estados partes en la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar; sin embargo, trata temas relativos al año 2018 sobre el caso M/V “Norstar” (Panamá c. Italia) y señaló las actuales negociaciones sobre un instrumento internacional jurídicamente vinculante en virtud del Convenio sobre la Conservación y Utilización Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las zonas de jurisdicción nacional.

Corte Penal Internacional (cpi)h

Durante el 2018, de acuerdo con el Informe sobre las actividades de examen preliminar del 5 de diciembre de 2018 y el informe de la cpi del 20 de agosto de 2018, el fiscal inició exámenes preliminares sobre la República de Filipinas y Venezuela, y sobre la deportación del pueblo Rohingya de la Republica de la Unión de Myanmar a la Republica Popular de Bangladesh.

En febrero de 2018, la Fiscal de la cpi decidió abrir un examen preliminar sobre la situación en Venezuela para analizar crímenes cometidos desde abril de 2017 con la información disponible.

En septiembre de 2018, la Fiscalía de la cpi recibió una remisión de un grupo de Estados parte del Estatuto de Roma (República Argentina, Canadá, República de Colombia, República de Chile, República del Paraguay y República del Perú) en relación con la situación en la República Bolivariana de Venezuela a partir del 12 de febrero de 2014 por crímenes de lesa humanidad.

Por otro lado, respecto a Colombia, la cpi sigue de cerca todo lo relacionado con las actuaciones que giran entorno a la jep. Junto con esta, la Fiscalía de la cpi también analiza lo sucedido en materia de falsos positivos, desplazamientos forzados, delitos sexuales en el marco del conflicto y la promoción y expansión de grupos paramilitares.

Además de lo anterior, se siguieron los exámenes preliminares sobre las situaciones en Guinea, Iraq, Reino Unido, Nigeria, Palestina y Ucrania, y se llegó a la conclusión, después de un exhaustivo análisis, que no había motivos razonables para iniciar una investigación sobre la República Gabonesa.

La Corte cerró el examen preliminar de la situación de los buques matriculados en las Comoras, Grecia y Camboya, dio cima al examen preliminar de la situación en Burundí y fue autorizada a llevar adelante una investigación. Además, concluyó el examen preliminar de la situación en Afganistán y solicitó autorización para abrir una investigación.1

Por último, en el 2020 siguen pendientes de ejecución las órdenes de detención y entrega dictadas por la Corte contra 15 personas:2

Referencias

Informe de la Corte Penal Internacional del 20 de agosto de 2018, Naciones Unidas. www.icc-cpi.int

Cámaras Extraordinarias en las Cortes de Camboya (eccc)i

En el 2018, la Oficina de Cofiscales del Tribunal de Camboya, según un reporte de 2018,1 se dedicó a litigios previos al juicio y a la revisión de pruebas para presentar el final del Caso 004, el cual se encontraba en curso. Además, el coprocurador internacional presentó confidencialmente una respuesta a la Sala de Cuestiones Preliminares.

La Sala de Primera Instancia emitió una decisión sobre la idoneidad de Khieu Samphan para ser juzgado, por lo que la Cámara revisó el informe médico experto preparado por expertos asignados con el fin de examinar al acusado y concluyó que estaba seguro de que Khieu Samphan se encontraba en condiciones para ser juzgado, ya que no sufría ningún daño mental o físico que impidiera su participación en los distintos procedimientos.

Debido a lo anterior, la Cámara tuvo en cuenta la recomendación que dieron los expertos sobre realizar revisiones periódicas de Khieu Samphan y dieron la orden de hacer pruebas cognitivas trimestrales hasta junio de 2018.

En noviembre de ese mismo año, el eccc después de once años de su arresto y luego de un largo juicio declaró culpables del delito de genocidio a los dirigentes jemeres rojos Khieu Samphan y Noun Chean, quienes son los únicos sobrevivientes de una dirigencia comunista hermética a la que se declararía responsable del asesinato de 1.7 millones de compatriotas aproximadamente entre 1975 y 1979.2

Entre otras decisiones que se tomaron se encuentra que la Sala de Cuestiones Preliminares desestimó por unanimidad la apelación del coprocurador internacional contra la decisión del juez internacional de investigación conjunta, denegando su solicitud de investigar las denuncias de violencia sexual en la prisión número 8 y en el distrito de Bakan, por el cual el sospechoso no había sido acusado formalmente.

La Sección de Asuntos Públicos continuó respondiendo a las solicitudes de información pública y de los medios sobre los procedimientos judiciales en curso. Los portavoces interactuaron de manera proactiva con los medios locales, incluido el programa de radio semanal Khmer Rouge en juicio, en fm 102.

Varios miembros de la Sección de Asuntos Públicos informaron a los partidos civiles sobre los últimos procedimientos judiciales en Kampong Cham. Además, se facilitó la visita del embajador entrante de la India en el eccc.

Por último, varios representantes de la oficina participaron en reuniones en las instalaciones de la eccc, explicando el derecho sustantivo y estructura de la corte. Así mismo, delinearon los casos y el trabajo de la oficina con estudiantes visitantes de la Escuela Internacional en Phnom Penh, Trinity Law School, Ohio University, Notre Dame University, George Mason University (Estados Unidos) y Korea University (Corea del Sur).

Tribunal Especial para el Líbano (tel) j

Durante el año 2018, el tel se enfocó en eliminar las barreras de género.

Las actividades judiciales realizadas en ese mismo año, con base en el Décimo Reporte Anual del tel siguieron siendo principalmente por el caso de Ayyash et al. relativo al ataque del 14 de febrero de 2005 contra el exprimer ministro libanés, Rafik Hariri, en el cual se iniciaron los argumentos finales el 11 de septiembre de 2018 y se dio una visión general de la historia procesal del caso. Sin embargo, debido a su volumen y complejidad la presentación de estos se extendió hasta el día 21 de septiembre de 2018.

La Fiscalía presentó sus alegatos finales los días 12, 13 y 14 de septiembre y la defensa de cada uno de los cuatro acusados presentó los argumentos de cierre del 17 al 21 del mismo mes. Este último día, el juez declaró formalmente cerrada la audiencia de conformidad con la regla 148 (A) y anunció que la Sala de Primera Instancia se retiraría para examinar la evidencia y deliberar sobre si la Fiscalía probó o no su teoría contra los 4 acusados mas allá de toda duda razonable.

Por otro lado, estudiaron también el caso contra el periódico libanés Akhbar Beirut s.a.l. y su editor, el Sr. Ibrahim Mohamed Ali Al Amin (stl-14-06), en relación con la publicación de información sobre testigos confidenciales del tel, por lo que se le impuso una multa al Sr. Amin.

Ahora bien, frente a las actuaciones de la Oficina del Fiscal, estas continuaron con su importante labor de abrirse a la posibilidad de distintos responsables del ataque del 14 de febrero de 2005. Además, el fiscal siguió atento a cualquier información nueva que le pudiera llegar o pudiera recolectar siempre que fuera pertinente.

La Oficina del Fiscal continúa con sus intensas y centradas investigaciones sobre los tres ataques terroristas que se han encontrado relacionados con el ataque contra el Sr. Hariri y se han remitido al Tribunal:

  1. El intento de asesinato del Sr. Marwan Hamade, ex Ministro de Economía, el día 1 de octubre de 2004.

  2. El asesinato del Sr. George Hawi, exjefe del Partido Comunista, el 21 de junio de 2005.

  3. El intento de asesinato del Sr. Elias el-Murr, Viceprimer Ministro saliente y ex Ministro de Defensa, el 12 de julio de 2005.

A su vez, la Oficina del Fiscal ha mostrado gran apoyo a las autoridades judiciales libanesas cuando estas así lo soliciten y sea apropiado.

Tribunal Residual Especial para Sierra Leona (rscsl) k

Durante el año 2018, la oficina del presidente del rscsl seguía haciéndose cargo del caso de Allieu Kondewa, quien interpuso una solicitud de libertad condicional anticipada. En el año 2017, el presidente ordenó que permaneciera en custodia por diez meses más desde la fecha de la decisión, hasta marzo de 2018, siempre y cuando se sometiera a una formación en derechos humanos y su comportamiento fuera correcto.

A lo anterior no se le pudo dar estricto cumplimiento, ya que el secretario solicitó una prorroga de 3 meses al plazo inicial porque Kondewa presentó un retraso en los módulos de su formación a causa de su mal estado de salud. El presidente aceptó dicha prorroga y ordenó que la certificación por el secretario se expidiera a más tardar en junio de 2018, lo cual efectivamente sucedió.

La jueza Doherty representó a la rscsl en la Universidad de Oslo en una reunión sobre la representación de género y habló sobre la contribución de las mujeres jueces, fiscales y otras personas al desarrollo del derecho penal internacional, basándose en la labor del rscsl, y se refirió a sus diversos precedentes jurisprudenciales.

Durante el periodo que se examina, la presidenta, jueza Renate Winter, en su calidad de presidenta del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, se ocupó de los siguientes países: Argentina, Lesoto y Argelia, sobre la jurisprudencia del rscsl relativa a la prevención de los matrimonios de niños y el reclutamiento de niños soldados, y posteriormente de Mauritania, El Salvador, Laos, Níger, Benín, Arabia Saudita, Arabia y Costa de Marfil.1 Por su parte, la jueza Nahamya trabajó en casos sobre la violencia contra la mujer, sobre los cuales se hizo un libro.

Entre otra de sus actividades, el rscsl siguió con las investigaciones de Johnny Paul Koroma hasta que recibieron información potencial, pero esta fue seguida sin un resultado definitivo.

La Oficina del Fiscal también prestó asistencia, entre otras cosas, examinando posibles alegatos en nombre de la ong Civitas Maxima, con sede en Suiza, que se dedica a la investigación y apoya el procesamiento de personas responsable de las violaciones de guerra y crímenes de lesa humanidad en Sierra Leona y Liberia. Durante el período, la Fiscalía recibió solicitudes de asistencia de investigadores académicos de la Universidad de Otago, Nueva Zelanda; la Universidad de Leiden, Países Bajos, y la Universidad de Liverpool, Reino Unido.2

Los jueces y directores de los tribunales especiales residuales participaron en una reunión de alto nivel de dos días: Coloquio sobre Niños Reclutados y Explotados por Terroristas y Grupos Extremistas Violentos. Los jueces y el defensor principal hicieron presentaciones basadas en la experiencia y la jurisprudencia del rscsl en el juicio de los acusados sobre cargos de actos de terror.

Mecanismo Residual para los Tribunales Penales Internacionales (mict) l

Durante el año 2018, tal como se encuentra en su reporte anual del año 2019,1 el presidente realizó reuniones con funcionarios del Estado en Arusha, La Haya, así como con grupos de víctimas y miembros de la sociedad civil. Además, el presidente y los funcionarios superiores de las salas intercambiaron información y opiniones con representantes de otras cortes y tribunales con el fin de identificar y compartir las mejores prácticas en la esfera de la justicia y la rapidez de los casos de la gestión.

Durante este mismo año, el presidente también emitió numerosas asignaciones y ordenó y dictaminó sobre las solicitudes de revisión administrativa y asistencia jurídica. Además, presidió la Sala de Apelaciones y se desempeñó como juez de preapelación en los casos de Radovan Karadžić, Ratko Mladić y Vojislav Þešelj.

Con respecto a la supervisión de la ejecución de las sentencias, el presidente emitió numerosas decisiones y las órdenes relativas a las solicitudes de liberación anticipada de personas condenadas por la Tribunal Penal Internacional para Rwanda o el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia y otros asuntos públicos y confidenciales.

También se dirigió a informes y quejas sobre las condiciones de detención de los condenados que cumplen condenas bajo la supervisión del irmct.

Respecto a las actividades de cada juez en particular, se hicieron cargo de solicitudes que se referían a la asistencia a jurisdicciones nacionales, del acceso a la información confidencial, falsos testimonios y de cambios en la clasificación de los expedientes, entre otros. Así como también alegaciones de violación al principio non bis in ídem.

Por otro lado, la Sala de Apelaciones revocó la sentencia de Vojislav, de manera que en parte lo absolvió, pero lo condenó por instigar la persecución (desplazamiento forzoso), la deportación y otros actos inhumanos (traslado forzoso), como un crimen contra la humanidad en Hrtkovci, Vojvodina (Serbia).

A 30 de junio de 2018, la Sala de Apelaciones seguía conociendo de la apelación en la causa Karadžić, en la que el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia emitió una sentencia de juicio el 24 de marzo de 2016.

Conferencia de Derecho Internacional Privado de La Haya (cohadip) m

La Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (hcch por sus siglas en inglés) es una organización intergubernamental que trata de lograr la unificación del derecho internacional privado. Tal como se encuentra orientada por su misión, busca construir un escenario para los Estados miembros para el desarrollo y la implementación de reglas de derecho internacional privado comunes, con las cuales se logre coordinar y homogeneizar las relaciones jurídicas que puedan surgir entre diferentes ordenamientos jurídicos en situaciones internacionales, promoviendo la eventual resolución de controversias de manera eficiente. Así mismo, otro objetivo consiste en extender un campo de protección, a través de la cooperación internacional, enfocado en la familia y los niños, incluida también la cooperación transfronteriza en asuntos civiles y mercantiles, para que de esta manera las relaciones y actividades realizadas que trascienden los límites de cada Estado puedan gozar de un alto grado de seguridad jurídica.

En el año 2018, la hcch tuvo nuevas ratificaciones y adhesiones a sus convenios, algunos ejemplos de ello son Filipinas con The Apostille Convention de 1961, Cuba con The Child Abduction Convention de 1980, Paraguay con The Child Protection Convention de 1996, Portugal con The Protection of Adults Convention de 2000; Gran Bretaña e Irlanda del Norte se relacionaron con dos instrumentos, The Choice of Court Convention de 2005 y The Child Support Convention 2007, entre otros.

Algo que merece una breve mención es que, si bien la organización en este año no tuvo ningún miembro nuevo, se encuentran admitidos los Estados de Colombia, República Dominicana y Líbano; sin embargo, la membresía de estos se encuentra sujeta a su aceptación del Estatuto de la hcch.

Adicional a lo anterior, cabe resaltar la continua tarea de la organización en búsqueda de uniformidad para las relaciones jurídicas internacionales. En el año 2018, un ejemplo de esto fue el estudio y decisión del grupo de expertos designado que reconoció la importancia de la paternidad legal desde la cual los niños derivan muchos derechos esenciales. Como parte del estudio realizado para un instrumento futuro sobre la materia, se deberían tener en consideración puntos sobre los cuales el grupo de expertos estuvo de acuerdo, como proporcionar previsibilidad, certeza y continuidad de la paternidad legal internacional, prever el reconocimiento de sentencias relativas a la paternidad legal otorgada de un Estado en otro Estado y facilitar la cooperación entre las autoridades de los Estados contratantes. Así mismo, se realizaron algunas precisiones que resultan interesantes como que no debería limitarse a las personas por debajo de la mayoría de edad, y que se debería tener en cuenta en el contexto de la paternidad legal los derechos fundamentales de todas las personas involucradas, y en particular el interés superior de los niños como consideración principal. En el mismo tema se realizaron precisiones sobre los efectos del reconocimiento y la cuestión de la reproducción asistida. Así, como el ejemplo anterior, hay otros casos como la reunión de un grupo de expertos donde se presentó una versión provisional del borrador de la Guía Práctica para Acuerdos de Familia en Virtud de los Convenios de La Haya, donde se pretenderá regular temas relativos a custodia, visitas, sostenimiento, relocación y costos de viajes, entre otros.

Finalmente, el año 2018 representó para la hcch un año de conmemoración: 125 años de operación desde 1893. En razón a esto, se llevaron a cabo tres eventos relevantes para la institución, el primero de ellos hcch 125 – Ways Forward: Callenges and Opportunities in an Increasingly Connceted World llevado a cabo en Hong Kong (China) del 18 al 20 de abril, el segundo evento fue Latin American Meeting on the Implementation and Operation of the Heague Conventions on Legal Co-operation and International Child Protection, la cual tuvo lugar en Buenos Aires (Argentina) del 13 al 15 de agosto y, por último, el evento desarrollado en La Haya (Países Bajos) el 12 de septiembre, la ceremonia conmemorativa que marca el aniversario: 125 Years of Making a Difference.

Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (unctad) n

La unctad es una organización internacional que se encarga de brindar asistencia técnica orientada a atender las necesidades de los países en desarrollo, especialmente de los países menos adelantados (pma). Estas actividades de cooperación técnica están fundamentadas en los objetivos contenidos en el Nairobi Maafikiano1

Para el año 2018 se presentaron un total de 121 solicitudes de cooperación técnica para las cuales se destinó un presupuesto de 38408404 millones de usd. De esas 121 solicitudes, 63 se encuentran en estado no iniciado, es decir, están en requerimiento de financiamiento; 5 se encuentran es estado de preparación, es decir, tienen un financiamiento asegurado; 21 de ellas se encuentran en implementación, y las 32 restantes ya se encuentran totalmente implementadas. Dichas solicitudes demuestran un claro avance respecto a años anteriores, en la medida que las solicitudes de apoyo técnico en regiones como África, Asia y el Pacífico o incluso América Latina y el Caribe han ido en aumento.

En cuanto a investigaciones, la unctad publicó una actualización sobre las tendencias de desarrollo sostenible de los pma en la que hizo énfasis en que dicho desarrollo se vio estancado y evidencia el gran riesgo de desigualdad respecto de los países en desarrollo.

A su vez, la unctad realizó un informe sobre tecnología e innovación. Para el año 2018, realizó un estudio sobre la importancia del aprovechamiento de las tecnologías de frontera para el desarrollo sostenible pues estas permitirían una apertura hacia la productividad y la abundancia de recursos para combatir la pobreza, crear patrones de crecimiento sostenible y mitigar la degradación ambiental. Resalta que esta es una tarea que le compete a todos los interventores del ciclo económico, es decir, los gobiernos, la sociedad civil, las empresas y la academia, realizada en el marco del cumplimiento de la Agenda 2030.

A su vez, es bien conocido que la unctad trabaja de la mano con expertos intergubernamentales, esto lo hace organizando reuniones en las que discute distintos temas de interés económico regional y mundial. De dichas sesiones en 2018, se realiazaron informes que abordan distintas temáticas como transporte, logística comercial y facilitación del comercio; normas internacionales de contabilidad; derecho y política de la competencia; inversión, innovación y emprendimiento para la creación de capacidad productiva y desarrollo sostenible; derecho y política de protección al consumidor; ciencia y tecnología para el desarrollo; comercio, servicios y desarrollo; comercio electrónico y economía digital; productos básicos y la mejora del entorno económico propicio a todos los niveles en apoyo del desarrollo inclusivo y sostenible, y la promoción de la integración económica y la cooperación.

Respecto de las inversiones en el mundo en 2018, la unctad hizo un análisis crítico dado que en años anteriores las inversiones transfronterizas en las economías desarrolladas y en transición se redujeron considerablemente y el crecimiento de economías en desarrollo fue casi nulo. Para enfrentar este panorama, la unctad propuso una serie de herramientas para mejorar las políticas de inversión en las que sugirió que, para fortalecerlas, los países deben procurar que estas se encuentren actualizadas, reorientando los incentivos y la inversión, modernizando las zonas económicas especiales y proporcionando herramientas de promoción y facilitación de las inversiones tanto nacionales como extranjeras, todo ello orientado al fortalecimiento del desarrollo industrial. A su vez, propuso que los gobiernos necesitan adoptar enfoques de colaboración y cooperación internacional en materia de capacidad productiva y abstenerse de adoptar políticas que únicamente beneficien a sus propios gobiernos, deben optar por políticas de inversión nacionales e internacionales.

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (ocde) o

La ocde es una organización internacional creada en 1961, la cual tiene como finalidad coordinar políticas económicas y sociales, entre las que se destacan políticas en contra de la corrupción, de responsabilidad corporativa, de inversión internacional, de impuestos y de ambiente. Desde 2006, José Ángel Gurría ha sido el secretario.

Durante el 2018, la ocde centró su actividad en la “Remodelación de los fundamentos del multilateralismo para lograr resultados más responsables, eficaces e inclusivos”, afirmando así la importancia del multilateralismo para el desarrollo de los diferentes Estados miembros.

Dentro de este periodo se desarrollaron políticas con la finalidad de fomentar un crecimiento más integrador y abordar la desigualdad dentro de los países, las cuales tienen como finalidad convencer a los Estados de que el crecimiento económico debe ser sostenible, balanceado e inclusivo. Así mismo, la ocde realizó recomendaciones a los Estados para garantizar unas ganancias de productividad compartidas, provenientes de la economía digital.

Por otro lado, y como se mencionó anteriormente, uno de los pilares de la ocde es la lucha contra la corrupción, durante el periodo se hizo especial énfasis en la importancia de emprender una lucha multilateral en contra de la corrupción, las organizaciones delictivas, el tráfico ilícito y el flujo de dinero proveniente de actividades delictivas.

Frente al tema de los impuestos y la tributación internacional, se afirmó el papel esencial que juega la cooperación y el multilateralismo, dado que este tipo de instrumentos pueden garantizar una tributación internacional más justa. Así mismo, se resaltaron los beneficios de tener un comercio internacional y una buena inversión para el crecimiento económico, el aumento de empleos y la productividad de un Estado.

Sobre el cambio climático, la ocde resaltó la urgencia de tomar medidas efectivas para evitar el cambio climático, y llama a los Estados a implementar el Acuerdo de París. De igual modo, la ocde hace referencia a la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 de Naciones Unidas y afirma que su aplicación facilita la implicación del Plan de Acción de la ocde sobre Desarrollo Sostenible.

Colombia, desde el 2013, ha iniciado su carrera para lograr ser miembro de esta organización. Se ha sometido a estrictos exámenes por parte de los diferentes comités de la ocde y ha sido aprobado por los comités de agricultura, salud, competencia, educación, antisoborno, asuntos fiscales, gobierno corporativo, seguros y pensiones, estadísticas, política regulatoria, política digital, política ambiental, consumidor, ciencia y tecnología, pesca, mercados financieros, política territorial, inversiones, químicos y gobernanzas públicas. El seguimiento de los diferentes planes de la ocde ha generado reformas en materia laboral, en el sistema de justicia (colombiano), en la gobernanza empresarial sobre empresas estatales y en la lucha contra el soborno y el comercio.

Después de cinco años, siguiendo las sugerencias realizadas por la ocde, el 25 de mayo del 2018 recibió la invitación oficial para convertirse en el miembro numero 37, únicamente se está esperando que el instrumento cumpla con los requisitos de ratificación internos.

Organización Internacional del Trabajo (oit) p

La oit ha mantenido objetivos claros en el establecimiento de normas de trabajo y políticas laborales orientadas a la promoción del trabajo en condiciones de igualdad y calidad. Al ser una organización que vincula trabajadores, empleadores y Estados resulta pertinente remarcar que la suya es una labor imprescindible para el ejercicio de los derechos laborales, es una tarea que no cesa dadas las problemáticas laborales que se presentan continuamente. Atendiendo a esas problemáticas, la oit, durante el año 2018, realizó distintas investigaciones, informes y publicaciones relacionadas con inconvenientes de origen laboral.

En cuanto a las investigaciones, en 2018, la oit desarrolló una nota de investigación relacionada con la integración de los inmigrantes en el mercado de trabajo, problemática que, como ha podido observarse en los últimos años, ha tenido un gran incremento. En esta nota, la oit sugiere que la intervención en estas situaciones se hace necesaria para mitigarlas y sugiere posibles medidas que ofrezcan mejores calidades para los inmigrantes como el otorgamiento de incentivos a los empleadores y la experimentación con la formación en línea, entre otras.

Respecto de los informes, la organización ha hecho especial énfasis en temas muy diversos. En primer lugar, desarrolló un informe sobre las perspectivas sociales y del empleo en el mundo, donde analiza globalmente los avances en las tendencias del empleo femenino en 2018. Este primer informe cobra especial relevancia en la medida que las brechas de desigualdad de género en el marco laboral siguen siendo significativas. En un segundo informe, la oit hizo un análisis sobre las tendencias laborales en un marco global general, en el que explicó cuáles son esas tendencias sociales y del empleo a nivel mundial y regional. A su vez, hizo una aproximación a las tendencias laborales que se pueden desarrollar en distintos sectores para atender futuros problemas. En el tercer informe, desarrolló una temática relativa a la sostenibilidad medioambiental en el ámbito laboral, que tuvo como enfoque el papel tanto de trabajadores como empleadores en el desarrollo de economías verdes orientadas a fomentar la eficiencia y reducción en los recursos.

Con respecto a las publicaciones, podemos encontrar el Manual de evaluación de las disposiciones laborales en acuerdos comerciales y de inversión relativo a los contenidos de estos y sus mecanismos de aplicación y Mujeres y hombres en la economía informal: Un panorama estadístico, que proporciona una perspectiva de la informalidad laboral a nivel global y regional.

Por otra parte, la oit mediante el Comité de Libertad Sindical (cls), en el año 2018 examinó 92 casos emanados de organizaciones de trabajadores. El 50% de estos casos se relacionaban con el sector privado, el 29 % estaban relacionados con el sector publico y el 21 % vinculaba a ambos sectores. A su vez, en este año las problemáticas más examinadas fueron las relativas a la protección contra la discriminación antisindical, la firma de convenios colectivos y las amenazas a derechos sindicales y libertades civiles.

Respecto de los casos graves y urgentes como los relativos a la vida, la libertad de las personas, la afectación a la libertad de acción de un movimiento sindical y al estado de emergencia permanente, entre otros, estos fueron priorizados y fueron atendidos siete de los doce casos pendientes en el 2018.

A su vez, el cls examinó 70 casos activos de los cuales 15 dieron lugar a informes definitivos, es decir, que llevaron al cierre efectivo de estos; 23 dieron lugar a informes provisionales, que requirieron de información adicional de las partes, y 32 de los cuales únicamente ha pedido a los gobiernos que mantengan una comunicación constante con el comité.

En cuanto a los casos en seguimiento, que son previamente examinados y se cierran una vez resueltos cuando el comité considera que no requieren de un análisis más detenido o que ha estado inactivo por dieciocho meses, el cls examinó un total de 22 de los cuales cerró 12.

En relación con los casos en progreso, para el año 2018, estos han sido relativos a distintas prácticas como la reincorporación de dirigentes sindicales despedidos, la resolución de conflictos de larga data mediante la firma de convenios colectivos, mejora en los procesos de registro, investigaciones expeditas y modificaciones legislativas para permitir el pluralismo sindical.1

Por último, es interesante resaltar la labor del cls para este año en el fomento a los gobiernos para que acudan y se apoyen en la asistencia técnica que ofrece la oit en materia de conclusiones y recomendaciones. El comité evidenció que en el periodo del año 2018 tres gobiernos solicitaron y recibieron tal asistencia.

Asamblea General de la Organización de los Estados Americanosq

En el xlviii periodo ordinario de sesiones, la Asamblea General de la oea aprobó 2 declaraciones y 15 resoluciones sobre diversos temas, entre ellos:

La Asamblea General decidió también asignar al Consejo Permanente la continuación de las deliberaciones sobre la propuesta de reforma al Estatuto del Tribunal Administrativo de la oea.

Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanosr

Durante el periodo de enero a diciembre del año 2018, el Consejo permanente de la oea y sus órganos subsidiarios celebraron aproximadamente 200 sesiones de carácter formal e informal: 23 sesiones ordinarias, 29 sesiones extraordinarias y 4 protocolos.

Posteriormente el Consejo aprobó una declaración y 26 resoluciones. Algunos de los temas abordados fueron los siguientes:

Comité Jurídico Interamericano (cji) s

Durante el periodo del año 2018, este comité instauró una Guía práctica de aplicación de la inmunidad jurisdiccional de las organizaciones internacionales, que consta de lineamientos para atender aspectos en lo que respecta a la aplicación de las inmunidades y sus límites en los temas de mecanismos de soluciones de controversias y observancia del ordenamiento jurídico interno. El comité busca coadyuvar a las partes involucradas en sus diversas etapas.

La agenda del comité consta de diez temas: recibos electrónicos para productos agrícolas y protección de datos personales, seguridad cibernética, interferencia extranjera en el proceso electoral de un Estado, disolución y liquidación de la sociedad por acciones simplificadas, derecho aplicable a los contratos internacionales, aplicación del principio de convencionalidad, acuerdos vinculantes y no vinculantes, eficacia de las decisiones judiciales extranjeras a la luz de la convención interamericana sobre eficacia extraterritorial de las sentencias y laudos arbitrales extranjeros y acceso a la información pública.

Por esta razón, durante el periodo nonagésimo segundo ordinario de sesiones del comité celebrado en la ciudad de México, el doctor Joel Hernández dijo que esta guía establece los principios que limitan el alcance a la inmunidad jurisdiccional de los organismos internacionales; además, recoge normas de derecho consuetudinario internacional y formula recomendaciones para futuros acuerdos constitutivos de organismos internacionales.

En consecuencia este proyecto contiene directrices prácticas, acompañadas de notas realizadas por el relator, que las explican. Se establecen las fuentes: puede ser un tratado, una decisión judicial o una disposición de legislación nacional. En lo que respecta al contenido de la guía, esta se limita a la inmunidad jurisdiccional de las organizaciones internacionales, no incluye componentes del derecho diplomático y tampoco ha abordado la inmunidad hacia los funcionarios de las organizaciones internacionales o los representantes de los Estados miembros. En la actualidad, la guía se encuentra en consideración del Comité para comentarios finales, para su aprobación en el nonagésimo tercer periodo ordinario de sesiones.

Igualmente, durante dicho periodo ordinario, celebrado en Rio de Janeiro, el relator José Moreno explicó que el contenido de su relatoría era el contar con un instrumento global que se materializó en el año 2015, con la adopción de una herramienta de derecho blando, que trata de unos principios de la Comiaión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (cnudmi). Explicó que tras enviar un cuestionario a varios Estados parte, percibió que el sistema es ineficiente para potenciar negocios internacionales predecibles. Por esta misma razón, esta guía busca dotar al sistema de los avances más recientes, incluyendo los principios de La Haya sobre elección del derechos aplicable en materia de contratos comerciales internacionales.

Además, durante el nonagésimo tercer periodo ordinario de sesiones, en el Comité Jurídico Interamericano, la doctora Ruth Correa recordó que el principio de convencionalidad se basa en que los Estados suscritos a la Convención Interamericana están obligados a cumplirla; en esa misma sesión el doctor Joel Hernández invitó a la relatora a considerar las opiniones consultivas de la cij y agregó que la guía no solo es de utilidad para los legisladores y los jueces, sino también por sus contribuciones para la doctrina, con el fin de que los distintos sujetos comprendan el alcance de dicho principio. La relatora finalmente aseguró el vínculo entre el control de constitucionalidad y el de convencionalidad en donde en trabajos anteriores se pudo demostrar la forma de aplicación del primero en aquellos Estados que incorporan el “bloque de constitucionalidad”, donde los jueces nacionales tienen la potestad de aplicar la norma según su interpretación, incluso por encima de otras normas constitucionales.

Por otro lado, en este periodo ordinario de sesiones, el relator del tema, el doctor Duncan Hollis, presentó el tercer informe respecto del tema de acuerdos vinculantes y no vinculantes. Inicialmente identificó tres tipos de acuerdos internacionales: tratados, compromisos políticos y contratos. Su informe desarrolló la capacidad de obligarse por parte de un Estado en función de cada uno de los instrumentos analizados.

Al mismo tiempo, durante el nonagésimo segundo periodo ordinario de sesiones, la relatora del tema, la doctora Ruth Stella Correa, explicó que el reconocimiento de decisiones judiciales extranjeras depende de la reciprocidad en materia de tratados entre los Estados, y que al parecer hay una mayor facilidad en el reconocimiento de laudos arbitrales. El presidente observó que la convención de Nueva York resuelve mayoritariamente la ejecución de sentencias extranjeras en el ámbito del arbitraje y propuso que se deben enfocar en crear estándares a partir de la Convención de Panamá en lo que respecta a las sentencias nacionales, identificando las trabas que esta ha enfrentado para ser ratificada y proponiendo acciones puntuales.

Con respecto a la protección de datos personales, durante el nonagésimo segundo periodo, el cji propuso que se diera seguimiento al desarrollo del tema y poder hacer aportes a la revisión de la Ley Modelo sobre Acceso a la Información Pública a la luz de los trabajos de la Red Iberoamericana de Protección de Datos (ripd). El doctor Duncan Hollis solicitó que el seguimiento acerca de la protección de datos no se restrinja únicamente a las actividades de la ripd, ya que teme que estos queden excluidos por los países del Common Lax. Por lo tanto, en junio de 2018, la Asamblea General de la oea solicitó al cji iniciar la actualización frente a los principios de protección de datos personales, teniendo en cuenta la evolución de estos mismos (ag/res.2926(xlviii-o/18).

Frente al acceso a la información pública durante dicho periodo ordinario, la Asamblea General de la oea olicitó al departamento de Derecho Internacional que

continúe trabajando en identificar las áreas temáticas en las que se estima necesario la ampliación de la Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la información pública tomando debidamente en consideración los más recientes desarrollos regionales y globales en materia de protección de datos personales y remitir los resultados al Comité Jurídico Interamericano.

Del mismo modo, respecto a la seguridad cibernética durante el periodo nonagésimo tercero ordinario de sesiones, el cji, a través de su relator, el doctor Hollis, presentó una propuesta al Comité, explicando que el impacto global de los ataques cibernéticos afecta a una cantidad inexplicable de países que tiene consecuencias económicas y pone en riesgo la seguridad nacional. Debido a la falta de claridad frente a estos delitos cibernéticos, el doctor Hollis propuso enviar un cuestionario a los Estados con el fin de conocer las posiciones respecto a la aplicación del derecho internacional en las operaciones del ciberespacio.

Finalmente, el comité jurídico internacional presentó su informe respecto al tema de interferencia extranjera en el proceso electoral de un Estado: una amenaza a la democracia y la soberanía de los Estados, respuestas del derecho internacional. Este informe demuestra los distintos tipos de interferencia en los sistemas electorales y busca poner a disposición de los Estados un mecanismo jurídico internacional eficaz para protegerse. Durante el informe, el presidente resaltó el interés de proteger los procesos electorales y distinguir en qué casos la oea tiene competencia para intervenir.

Comité Interamericano contra el Terrorismo (cicte)t

Acorde al plan de trabajo 2018-2019 aprobado por los Estados miembros, la secretaria del cicte proporcionó asistencia técnica a los Estados en temas de ciberseguridad, controles fronterizos (terrestres, aéreos y marítimos), prevención del financiamiento del terrorismo y aplicación de la Resolución 1540 del consejo de seguridad de las Naciones Unidas. Durante el año 2018, aproximadamente 7700 representantes de organizaciones gubernamentales y entidades no gubernamentales se beneficiaron de las actividades del cicte orientadas a aumentar su capacidad.

A continuación se mencionará cada tema de fomento nombrado anteriormente.

Ciberseguridad. Este comité ayudó a fortalecer la capacidad de los Estados miembros para detectar amenazas cibernéticas, prevenir incidentes cibernéticos y responder a ellos y recuperarse, mediante la ayuda económica de los gobiernos de Estados Unidos, España, Estonia y Reino Unido.

Controles Fronterizos. Durante el año 2018 el cicte continuó con la ejecución del proyecto Seguridad del Turismo en las Américas a través de la colaboración del Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia (unicri) y el financiamiento del gobierno de Canadá. Este proyecto tiene como fin mejorar los sistemas de respuestas de seguridad turística de los Estados miembros al incentivar métodos de planificación, prevención y manejo de crisis, y fomentar el intercambio de información y buenas prácticas entre las personas que trabajan en el sector y las instancias normativas.

Además, el cicte, con ayuda del gobierno de Canadá, fortaleció la capacidad nacional y regional en materia de inspección, control y seguridad de cargamentos. Mediante la cooperación del servicio nacional de aduanas de Costa Rica y México ofreció un curso binacional de inspección de buques de carga en tratados internacionales, estrategias de evaluación de riesgos, salud y seguridad, y técnicas de preselección e inspección.

Asimismo, con el apoyo financiero de Canadá y una red de asociados, una de ellas la Organización Marítima Internacional y la Guardia Costera de Estados Unidos, ha trabajado en aumentar la capacidad de los Estados miembros para proteger el comercio y transporte marítimo y portuario. En el periodo 2018, se basó en dos áreas: evaluaciones de la vulnerabilidad y de las brechas en la capacidad y aumento de la capacidad en puertos, y fomento de la coordinación, la comunicación y la cooperación entre partes interesadas en la seguridad marítima y portuaria a escala nacional y regional.

Finalmente, en la sección del programa para prevenir y contrarrestar el financiamiento del terrorismo, el cicte siguió con el cumplimiento del proyecto de fortalecimiento de la capacidad de Panamá y Paraguay para cumplir las sanciones financieras dirigidas y establecer sistemas para las designaciones domésticas con recursos proporcionados por el gobierno de Estados Unidos. También se realizó una evaluación legislativa en Panamá para examinar las leyes necesarias en materia de financiamiento del terrorismo, la aplicación de sanciones financiera dirigidas y el establecimiento de sistemas para las designaciones domésticas en ese país.

Referencias

oea, Comité Interamericano cotra el Terrorimos. Décimo Noveno Período Ordinario de Sesiones del cicte. http://www.oas.org/es/sms/cicte/sesion_2019.asp

Secretaría de Asuntos Jurídicos (saj)u

Esta secretaría es una dependencia de la Secretaría General, que tiene como funciones el asesoramiento, desarrollo, difusión y codificación del derecho internacional interamericano y del asesoramiento legal interno. Esta secretaría está compuesta por la Oficina Ejecutiva del Secretario, el Departamento de Derecho Internacional, el Departamento de Cooperación Jurídica y el Departamento de Asesoría Legal.

Durante el año 2018, esta y el Secretario de Asuntos Jurídicos participaron en un seminario internacional acerca del papel de la oea, en la Universidad Católica de Guayaquil; asistieron a una reunión de Parlamérica en Lima, previa a la cumbre de Jefes de Estado y Gobierno, y estuvieron presentes en la Cumbre Iberoamericana de Tribunales Constitucionales reunida en Panamá, la cual congregó a presidentes de las altas cortes de la región.

Igualmente, el Departamento de Derecho Internacional continuó apoyando legalmente a los Estados miembros en las reuniones de los órganos de la oea y promoviendo y difundiendo el derecho internacional tanto público como privado.

Además, el Departamento de Cooperación Jurídica siguió brindado los servicios de asesoría y secretaría técnica a los procesos de cooperación jurídica, de lo cual cabe destacar:

Finalmente, el Departamento de Asesoría Legal se destacó en el periodo 2018 por

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (cidh) v

El 2018 fue un año de muchos desafíos en materia de derechos humanos para la Comisión Interamericana. Obtuvo un alto desarrollo en la superación del atraso procesal; el desarrollo de nuevos estándares en el sistema de casos, y el aumento en la cobertura de monitoreo y de los alcances de la cooperación técnica y de la promoción de derechos humanos.

Este es el segundo año de implementación del Plan Estratégico. La ejecución del primer programa consistió en reducir significativamente el atraso procesal y responder de manera eficiente a los usuarios del sistema interamericano. Durante este periodo, la cidh aprobó 176 informes de admisibilidad y fondo, con lo cual demostró un incremento de 189 % en relación con el año anterior, alcanzó la mayor productividad en su historia. Se resolvieron oportunamente un número récord de solicitudes de medidas cautelares. De esta manera, hubo un alto incremento (56 %) en las decisiones de apertura a trámite, en razón al año anterior. De modo que fueron otorgadas 120 de estas solicitudes, que constituyeron el mayor número histórico por año de la cidh.

Además se ejecutó la difusión del Mecanismo de Soluciones Amistosas a partir del lanzamiento de la edición actualizada del informe de impacto de las soluciones amistosas y capacitación a funcionarios y usuarios. Durante este año se suscribieron nueve nuevos acuerdos de solución amistosa, y se corroboró el avance en la implementación de 106 medidas de reparación. También participó en situaciones emergentes por medio de dos resoluciones en materia de corrupción y derechos humanos y la situación de los migrantes venezolanos en la región.

Incluso, la cidh amplió la participación de la sociedad civil en todas las actividades realizadas, incluyendo las audiencias públicas, las consultas, los talleres de capacitación y las reuniones bilaterales y multilaterales. Esta participación de la población civil es fundamental para que la cidh cumpla con su mandato de promoción y protección de los derechos humanos. Fueron un total de 535 organizaciones de la sociedad civil, quienes participaron en las 106 audiencias públicas llevadas a cabo en los cuatro periodos de sesiones de 2018.

La cidh incrementó su presencia pública con dos visitas históricas in loco, la celebración de 3 periodos de sesiones fuera de su sede y 25 visitas de trabajo a 12 países de la región. Esto significa que cada 15 días una comisionada o un comisionado estuvo en algún país de la región.

Igualmente la comisión impulsó la promoción del Sistema Interamericano de Derechos Humanos mediante iniciativas coordinadas con la Corte idh, realizando la estructuración de programas de colaboración con Naciones Unidas, específicamente con la articulación de las actividades para la protección de defensores y defensoras de derechos humanos, y se firmó un acuerdo con el fin de trabajar en la creación de un plan de acciones conjuntas con la comisión africana.

Asimismo, la cidh elaboró ante el consejo permanente de la oea el balance de implementación del primer año del Plan Estratégico 2017-2021 y del primer semestre de 2018. A través de la Resolución 3/18, la comisión transparentó criterios que de manera histórica ha venido considerando que no son susceptibles de ser analizados a través del mecanismo de medidas cautelares.

También la cidh logró, gracias a un incremento presupuestal aprobado por los Estados de la oea, avanzar en la regularización del personal de la secretaría y la implementación de la nueva estructura administrativa, incrementando la base de donantes de 24 a 28 Estados. De esta manera gestionó significativos avances en materia de comunicación, promoviendo mejoras en su imagen fotográfica e incrementando la presencia en redes sociales, con lo que alcanzó a 88 millones de personas.

Frente a la actuación de la cidh ante la Corte idh, esta envío 18 casos a la Corte y solicitó dos medidas provisionales; de igual manera presentó alrededor de 40 escritos de casos activos.

Durante el 2018, 15 nuevos asuntos ingresaron al portafolio de negociación de soluciones amistosas; incluso facilitó 41 reuniones de trabajo con la participación de Estados, peticionarios y víctimas sobre asuntos en diversas etapas de negociación de soluciones amistosas. Por lo tanto suscribieron 9 acuerdos de solución amistosa entre las partes, 69 medidas de reparación y 120 medidas cautelares, que constituyen el mayor número de otorgamientos realizados en un año. Estas medidas fueron concedidas a sujetos defensores de derechos humanos, periodistas, grupos en situación de discriminación histórica como las mujeres, niños, comunidades afrodescendientes, pueblos indígenas, personas desplazadas, integrantes de la comunidad lgtb, etc.

Por último, la cidh realizó dos visitas in loco en Honduras y Brasil. De igual manera, hizo 25 visitas de trabajo a 12 países de la región, incluido Colombia; ejecutó 107 audiencias públicas, que cubrieron 13 temas y 6 ejes transversales. Además, aprobó dos resoluciones novedosas: corrupción y derechos humanos, y migración forzada de personas venezolanas en la región. Así mismo, aprobó 10 informes temáticos y públicó 3 informes de país, de los cuales cabe destacar los informes sobre Desplazamiento interno en el Triángulo Norte. Lineamientos para la formulación de políticas públicas, Políticas públicas con enfoque en Derechos Humanos y Avances y desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas lgbti en las Américas; los informes de la rele: Informe especial sobre la situación de la libertad de expresión en México, Mujeres periodistas: discriminación y violencia basada en el género contra las mujeres periodistas por el ejercicio de su profesión y libertad de expresión en Cuba, y los informes de mesa de Balance y Final: Mecanismo de seguimiento al Asunto Ayotzinapa.

Referencias

oea. cidh informa resultados inéditos de su trabajo en 2018 y presenta su informe de progreso del Segundo año de implementación del Plan Estratégico durante 2018. Consultado febrero 15, 2019. http://www.oas.org/es/cidh/ prensa/comunicados/2019/036.asp

Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte idh) w

La Corte idh realiza sus reuniones colegiadas tanto en su sede de San José, Costa Rica, como fuera de esta. Durante el año 2018, la Corte idh celebró ocho periodos ordinarios de sesiones en San José, Costa Rica, y un periodo extraordinario en la ciudad de San Salvador. Cabe resaltar que todas las sesiones fueron financiadas por recursos provenientes del fondo regular.

El periodo ordinario de sesiones 121 se celebró entre el 29 de enero y el 9 de febrero en San José. Inició con la toma de posesión formal de la nueva directiva de la Corte idh para el periodo 2018-2019, integrada por los jueces Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (presidente) y Eduardo Vio Grossi (vicepresidente).

Asimismo, la Corte realizó cinco audiencias públicas, tres de ellas sobre casos contenciosos, una sobre supervisión de cumplimiento de sentencia y solicitud de medidas provisionales y otra conjunta sobre supervisión de cumplimiento de sentencia. Además, emitió cuatro sentencias, dos de casos contenciosos y dos de interpretación; siete resoluciones sobre medidas provisionales y cinco resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia.

Por otro lado, durante el marco de la ceremonia de apertura del año judicial se firmaron acuerdos de cooperación con el observatorio de Género de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, con el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, el Procurador General del Ministerio de Trabajo de Brasil y el Poder Judicial del Estado de México.

El 16 de marzo, la Corte idh recibió la visita de los magistrados de la sección tercera del Consejo de Estado de Colombia, en donde el presidente de la Corte declaró que este tipo de encuentros pone de manifiesto la importancia del diálogo judicial entre las altas cortes de América Latina.

El periodo 125 ordinario de sesiones consistió en la conmemoración de los 40 años de la entrada en vigor de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la creación de la Corte idh. Durante esta conmemoración el Secretario General de Naciones Unidas definió a la Corte idh como una institución que proporciona liderazgo moral, actúa con el fin de eliminar las violaciones de los derechos humanos y castiga a quienes los infrinjan.

Continuando con las actividades realizadas durante el año 2018, el día martes 17 de julio se desarrolló una reunión privada con los más altos representantes de la Corte idh, la Corte Africana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la cual buscó un fortalecimiento y una cooperación más eficiente entre los tres tribunales regionales de derechos humanos.

De igual manera, los días 18 y 19 de julio se realizó un seminario internacional de carácter público denominado “Éxitos y desafíos en los sistemas regionales de derechos humanos”, que contó con la presencia y participación de los jueces y juezas de las tres cortes regionales del mundo, exjueces y juezas de la Corte idh, altas autoridades estatales de diversos puntos del continente americano, académicos de larga trayectoria profesional y representantes de la sociedad civil.

La Corte, entre los días 27 y 31 de agosto, celebró su periodo extraordinario de sesiones en San Salvador. Durante las sesiones, la Corte idh realizó dos audiencias públicas sobre casos en etapa de fondo. Por otro lado, se llevó a cabo un seminario, cuyo objetivo fue acercar al público al Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.

Finalmente, esta celebró su último periodo de sesiones durante los días 19 y 30 de noviembre en San José, Costa Rica. En el desarrollo de esta sesión, se adoptaron siete sentencias en casos contenciosos, tres sentencias de interpretación, dieciséis resoluciones de supervisión de cumplimiento y cinco resoluciones de medidas provisionales. Asimismo, celebró dos audiencias privadas de supervisión de cumplimiento, y acorde con los artículos 7 a 14 del Estatuto de la Corte idh, el pleno de la Corte idh acordó reelegir al señor Pablo Saavedra Alessandri como Secretario de dicha institución para el periodo 2019-2023, y suscribió dos convenios de colaboración.

Cabe resaltar que la Corte idh durante el año 2018 tuvo en su conocimiento 18 casos contenciosos, en uno de estos estuvo involucrada la República de Colombia: Caso integrantes y Militantes de la Unión patriótica vs. Colombia, en donde por primera vez en la historia de la Corte idh el Estado Colombiano sometió un caso ante este tribunal. El litigio versó sobre las graves violaciones de derechos humanos cometidas en contra de 6000 víctimas integrantes y militantes del partido político Unión Patriótica (up) en Colombia a partir del año 1984, que duraron más de 20 años. La comisión calificó en su informe de fondo la responsabilidad del Estado como un exterminio de magnitud inusitada. Por su parte, el Estado reconoció su responsabilidad internacional únicamente por el incumplimiento del deber de garantía, en su componente de protección, por no haber prevenido los asesinatos y demás actos de violencia en contra de los miembros de la up.

Asimismo, la Comisión sometió el caso sobre la destitución del Alcalde Gustavo Francisco Petro ante la Corte idh. Según la Comisión, el 9 de diciembre de 2013 el Procurador General de la Nación impuso las sanciones de destitución e inhabilitación general por el término de quince años al señor Petro. La comisión concluyó que dichas sanciones habrían violado sus derechos políticos, debido a que conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ambas sanciones debieron haberse interpuesto por una autoridad judicial penal mediante sentencia en firme.

Finalmente, durante el año 2018, el promedio de duración en el procesamiento de casos ante la Corte idh fue de 22.9 meses. Esta realizó 6 audiencias de supervisión de cumplimiento de sentencias, a través de las cuales supervisó el cumplimiento de sentencias de 9 casos. Adicionalmente, emitió 36 resoluciones sobre supervisión de cumplimiento de sentencia y 22 resoluciones sobre medidas provisionales, sumándole la emisión de una opinión consultiva relativa a la institución del asilo y su reconocimiento como derecho humano en el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.

Es preciso señalar que la Corte idh tiene un mecanismo en el cual involucra a las instituciones internas para ejecutar las reparaciones. Un ejemplo de esta potestad es la realización, por parte de la Defensoría del Pueblo de Colombia, en noviembre, de un conversatorio con víctimas y representantes legales de las víctimas de los casos en Colombia en etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia.

Referencias

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Informe anual 2018. http://www.corteidh.or.cr/tablas/informe2018/espanol.pdf

Comunidad Andina de Naciones (can) x

La can es una organización internacional, conformada por el Consejo Presidencial Andino, el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, la Comisión Andina, la Secretaría General, el Tribunal de Justicia y el Parlamento Andino. Tiene como finalidad mejorar la vida de los habitantes de los territorios de los Estados miembros (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) a través de la integración y cooperación económica y social.

La Secretaría General es el órgano ejecutivo de la can, el cual tiene como función el cumplimiento de los compromisos comunitarios. Durante el periodo 2018, en la cuadragésima reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, fue escogido como Secretario General el colombiano Héctor Quintero Arredondo.

Durante este mismo año, la Secretaría emitió 67 resoluciones obligatorias. Dentro de las resoluciones es importante resaltar la Resolución 2023, a través de la cual se resolvió el recurso de reconsideración parcial contra la Resolución 2017, presentado por la colombiana Kimberly Colpapel s.a. y Productos Familia Sancela de Ecuador s.a., en la cual se declaró fundado el recurso y se otorgó un plazo de 45 días para que las dos empresas constituyan caución frente a la Secretaría General. Así mismo, a través del la Resolución 2019, la Secretaría resolvió la investigación de oficio por presuntas restricciones impuestas por el gobierno de Colombia contra las importaciones de cemento originarias de los países miembros de la can, donde se declaró que las medidas adoptadas por el gobierno colombiano permiten el ingreso de cemento importado a su territorio nacional a través de aduanas específicas y no constituye una restricción al comercio subregional.

Otro de los órganos principales de la can es el Tribunal de Justicia, conformado por un magistrado de cada uno de los Estados miembros. Este órgano es de carácter permanente, supranacional y tiene como finalidad declarar la legalidad del derecho comunitario, además de asegurar su interpretación y aplicación. Durante el periodo del 2018, hubo 751 nuevas causas recibidas, 737 interpretaciones prejudiciales, 5 acciones de nulidad, 3 acciones de incumplimiento, 3 demandas laborales, 2 recursos por omisión y 1 arbitraje. Entre estas causas recibidas, Colombia radicó 482, las cuales fueron solicitadas por la Superintendencia de Industria y Comercio, la Dirección Nacional de Derecho de Autor de la República de Colombia y el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá; estas abarcaron gran variedad de temas, por ejemplo, la cancelación de marca por falta de uso, la infracción de derechos de autor, lema comercial, nulidad de registro de marca y enseña comercial, entre otros.

Es importante mencionar que la actividad del tribunal durante este periodo creció de forma significativa, dio respuesta a 619 de las causas presentadas.

Finalmente, la Comisión Andina es un órgano conformado por un representante plenipotenciario de cada uno de los Estados miembros. Esta tiene como función formular, evaluar y ejecutar la política de integración en materia económica. Durante el 2018, la Comisión emitió 10 decisiones de carácter vinculante, de las cuales se destaca la Decisión 831 a través de la cual se aprueba el presupuesto del fondo para el desarrollo rural y la producción agropecuaria.

Organización Mundial del Comercio (omc) y

El año 2018 fue bastante heterogéneo para las actuaciones de la omc, dentro de las que se destacan las relativas a los aumentos derivados de la actividad comercial gracias a los acuerdos ratificados por sus miembros. El que cobra relevancia es el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (afc) que para este año fue ratificado por 141 miembros, lo cual, para ser un acuerdo con poca vigencia, ha generado que el comercio de mercancías a nivel global haya visto un crecimiento del 3 % respecto al año anterior. Este aumento económico se ha originado con la intención de 22 países en proceso de adhesión, que buscan acoplarse a los 164 miembros actuales de la omc que representan el 98 % del comercio mundial, según cifras del informe anual.

Algunas actividades relevantes de la omc para este mismo año fueron los aumentos en las negociaciones y deliberaciones comerciales. Ejemplo de ello es la celebración de la duodécima Conferencia Ministerial celebrada por primera vez en un país de Asia Central, Kazajstán, en la cual los miembros desarrollaron varios tópicos relevantes para el comercio mundial distintos a los básicos como agricultura, pesca, servicios, solución de diferencias, etc. Estos tópicos se relacionaron con iniciativas conjuntas sobre problemáticas y situaciones actuales como el desarrollo del comercio electrónico, las pequeñas empresas y la influencia de la mujer en la economía y, por supuesto, la facilitación de las inversiones.

Como puede observarse, todas estas negociaciones están orientadas, como sugieren los miembros de la omc, a la modernización del funcionamiento de la organización dados los retos que se han presentado en materia de tensiones comerciales. Esto sin dejar de lado el objetivo principal de la misma que sigue siendo el interés en la multilateralidad de la economía mundial y las necesidades de los países en desarrollo. Una de las formas en que la omc apoya y atiende a las necesidades de los países en desarrollo y los menos adelantados (pma) es la iniciativa Ayuda para el Comercio mediante la cual se desembolsaron 38000 millones usd para brindar soluciones a sus limitaciones económicas. Así mismo, el Fondo para la Aplicación de Normas y el Fomento del Comercio destinó 3.9 millones usd para apoyar a estos países en el cumplimiento de normas internacionales en materia de inocuidad de los alimentos y sanidad vegetal y animal, y en el acceso a los mercados mundiales.

En cuanto a las decisiones, la preocupación de los miembros respecto al incremento de las tensiones comerciales y del proteccionismo se hizo mucho más extensa, pues dichas condiciones ocasionaron que el crecimiento económico fuera lento y las condiciones económicas mundiales se endurecieran. Por esta razón, los miembros siempre fomentaron el uso de mecanismos existentes en la omc, así como la transparencia de las medidas comerciales propuestas por ellos. Así mismo, la implementación del afc ha permitido aliviar un poco estas tensiones ya que ha facilitado para los países en desarrollo las operaciones económicas con una reducción drástica de los costos comerciales.

A su vez, la omc se propuso, junto con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, organizar un diálogo para estudiar las distintas políticas comerciales y ambientales para apoyar la sostenibilidad y prosperidad de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

Frente a la solución de diferencias, en el año 2018 se vio un notable aumento. Los Miembros de la omc plantearon 38 nuevos casos de diferencias relevantes y de variado contenido. Una de las dificultades de más discusión es la conformación del Órgano de Apelaciones, dado que el mandato de uno de los miembros de dicho órgano expiró, cuatro de los siete puestos continúan vacantes, y el requisito mínimo de miembros para atender los 11 procedimientos de apelación que iniciaron en 2018 es de tres por cada uno de estos procedimientos. Se generó un conflicto de opiniones entre los miembros en cuanto al proceso de selección por las demoras que esto representaba para la solución de diferencias. El único avance que se logró en este aspecto fue la puesta en marcha de un proceso informal para superar el estancamiento, se nombró al embajador David Walker (Nueva Zelandia) como facilitador para que ayudara al presidente del Consejo General a trabajar con los miembros de la omc con miras a resolver sus diferencias sobre el funcionamiento del órgano de apelación.1

Otras de las actividades hechas por la omc en ese año estuvieron relacionadas con el mejoramiento de las políticas y calidades económicas proyectadas para el año 2030, para lograr un comercio global sostenible e inclusivo; colaboró con otras organizaciones internacionales como las Naciones Unidas, el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional (fmi) y la ocde, entre otros. Cabe resaltar el trabajo realizado con el Grupo G-202 que también ha mostrado su aprobación por el sistema multilateral y sus aportes al crecimiento económico.

Para finalizar, en diciembre de 2018 se llevó a cabo la Conferencia Parlamentaria sobre la omc cuyo objeto de debate fue la posible reforma de la omc, en la que parlamentarios de más 100 países manifiestaron su interés en que los miembros de la omc fortalezcan el sistema multilateral económico.

Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (ciadi) z

El ciadi se encuentra consagrado como una institución líder a nivel mundial, dedicada al arreglo de diferencias relativas a inversiones internacionales, que desempeña un papel fundamental al ofrecer un escenario para la resolución imparcial y eficaz de controversias entre inversionistas extranjeros y los Estados receptores en los que invierten.

Desde su creación en 1966, y en más de 50 años de operación, la relevancia del ciadi ha aumentado constantemente en la comunidad internacional, lo cual se demuestra por haber sido preferido por inversionistas y Estados para el arreglo de sus diferencias, y haber administrado más del 70 % de todos los casos conocidos.

Al año 2018, en las estadísticas publicadas por la institución, resulta relevante señalar lo siguiente: i) los Estados Unidos Mexicanos firmaron el Convenio del ciadi, lo que lo convirtió en el Estado 162 en hacerlo; ii) los Estados miembros designaron a 102 personas provenientes de 22 países para las listas del ciadi, para un total de 664 personas nombradas, para desempeñarse como árbitros, conciliadores(as) o miembros de comités ad hoc en los casos administrados, y iii) en el ejercicio fiscal 2018 se registraron 57 nuevos casos y concluyeron 46, relacionado a ello, se administraron 279 casos en el año fiscal 2018, y se registraron un total de 676 desde el establecimiento de la institución.

Adicional a las cifras mencionadas, es de resaltar la labor realizada en el mes de agosto por parte del ciadi con el Proyecto de Enmienda a las Reglas del ciadi. Este proceso había recibido previamente sugerencias preliminares de más de 30 Estados y 20 organizaciones y personas como parte de consultas realizadas; además, tuvo como propósito enmendar el Reglamento y Reglas del Convenio ciadi, el Reglamento del Mecanismo Complementario, el Reglamento Administrativo y Financiero, así como las Reglas de Iniciación. El documento de trabajo que se presentó en el mes de agosto reformuló las reglas en un lenguaje simple y con neutralidad de género y sugiere numerosas medidas para reducir el tiempo y el costo de los procedimientos. Otros temas incluídos son el nombramiento y la recusación de árbitros; el financiamiento de terceros; la garantía por costos; la acumulación de casos, y la transparencia y la participación de partes no contendientes. Se propone un conjunto completamente nuevo de reglas para la mediación.

De la labor realizada por el ciadi en 2018 debemos mencionar que frente a esta institución se llevaron procesos con Estados como Argentina, Venezuela, Egipto, Indonesia, Serbia, Canadá, los Estados Unidos Mexicanos y muchos más. Algunos casos que han sido conocidos son los fallados por controversias en las que ha sido parte el Estado español, en los cuales se encuentran el caso de Masdar Solar & Wind Cooperatief U.A. c. España, en el que el 16 de mayo de 2108, se falló a favor del inversionista por una suma de 64.5 millones de euros, y en etapas posteriores se solicitaría Decisión Complementaria y Anulación del laudo, actuaciones solicitadas por España; también se encuentra el caso de Antin Infrastructure Luxembourg y Antin Energía Termosolar c. España, en el cual el 15 de junio de 2018 el tribunal constituido profirió laudo donde reconoció a favor del inversor el pago de 112 millones de euros, de los 218 millones que pretendían en la demanda, lo cual se llevó a instancias de Rectificación de la decisión y posteriormente a solicitar su Anulación, así como en el caso anterior, estas actuaciones fueron solicitadas por parte del Estado español.

El 2018 para la institución fue un año de aumento en su demanda para resolución de controversias. De hecho, alcanzaron el máximo de casos administrados en un año en su historia. Así mismo, significó un ejercicio de cambio en sus reglamentos, siguiendo sugerencias presentadas en consultas previas.

Referencias

ciadi. Infrastructure Services Luxembourg S.à.r.l. and Energia Termosolar B.V. (formerly Antin Infrastructure Services Luxembourg S.à.r.l. and Antin Energia Termosolar B.V.) v. Kingdom of Spain (icsid Case No. arb/13/31). https://icsid.worldbank.org/sp/Pages/cases/casedetail. aspx?CaseNo=arb/13/31

ciadi. Masdar Solar & Wind Cooperatief U.A. v. Kingdom of Spain (icsid Case No. arb/14/1). https://icsid.worldbank.org/sp/Pages/cases/ casedetail.aspx?CaseNo=arb/14/1

España: un caso paradigmático de los arbitrajes de inversión en el sector de la energías. https://www.tni.org/files/publication-downloads/ ect_study-anexoespana.pdf

Menon, Trishna. “Tribunal del ciadi concluye que España violó el estándar de tje bajo el Tratado sobre la Carta de la Energía”. Investment Treaty News, julio 30, 2018. https://www.iisd.org/itn/es/2018/07/30/ icsid-tribunal-finds-spain-in-breach-of-the-fet-standard-underthe-energy-charter-treaty-masdar-solar-wind-cooperatief-ua-vkingdom-spain-icsid-trishna-menon/

ciadi. 2018 Informe anual. Washington D.C.: ciadi. https://icsid.worldbank. org/en/Documents/resources/2018icsidannualReport.spa.pdf

Corte Constitucional de Colombiaa1

La Corte Constitucional es un órgano de la rama judicial a la cual se le confió el deber de asegurar la supremacía de la Constitución, declarando inexequibles todas aquellas leyes y actos administrativos que la contraríen. Empezó a operar en Colombia desde la promulgación de la Constitución de 1991 y es considerada como una de las grandes transformaciones con respecto a la Constitución de 1886. Entre las funciones de la Corte, se encuentra una función íntimamente vinculada con el derecho internacional: “Decidir definitivamente sobre la exequibilidad de los tratados internacionales y de las leyes que los aprueben”. Para realizar estas revisiones, la Corte ejerce un control. Posterior a la aprobación del Congreso y sanción presidencial, este la remite a la Corte para su revisión de constitucionalidad (automático); la Corte analiza todos los aspectos formales como materiales, comparándolos con lo establecido en la Carta Magna (integral). Este control es una condición sine qua non (si no se cumple, no se perfecciona la ratificación del tratado) y de esta forma se garantiza el principio de supremacía constitucional y el cumplimiento de los compromisos internacionales contraídos por el gobierno.

Como desarrollo de esa misión que le fue encargada, la Corte se ha pronunciado frente a distintas leyes y normas relacionadas a convenios internacionales. Como ejemplo de esto encontramos la Sentencia de Constitucionalidad C-039/18 en la cual la Corte decide sobre una demanda de inconstitucionalidad contra algunos artículos de la Ley 1819 de 2016, también conocida como Reforma Tributaria Estructural, la cual cambiaba el impuesto al valor agregado del 16 al 19 %. El demandante alegaba que estas disposiciones violaban la Constitución y su preámbulo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros, debido a que el aumento en el impuesto perjudicaba principalmente los derechos de vida digna, participación e igualdad. Al final, la Corte se declaró inhibida para resolver la demanda debido a la inaptitud sustantiva de la misma, ya que a los cargos les faltaba claridad y no mostraban las supuestas contradicciones.

También, la Corte Constitucional, en su Sentencia C-048/2018, hizo mención a la Ley Aprobatoria del Acuerdo de París. Este acuerdo se hizo con el objetivo de mejorar e intensificar los esfuerzos mundiales ante la amenaza del cambio climático (entendiéndose esto como el aumento de la temperatura del planeta junto con fenómenos climáticos más fuertes) e impulsar el desarrollo sostenible en los países. Al respecto, la Corte analizó la constitucionalidad tanto del tratado como del trámite de aprobación de la ley 1844 de 2017. En la sentencia se resalta que Colombia tiene consagrado en el artículo 79 de su Constitución el derecho de todos a gozar de un ambiente sano, lo cual hace parte de la concepción de una “constitución ecológica”, que se caracteriza por contener varias disposiciones que reconocen y destacan la importancia del medio ambiente. Por último, concluyó que tanto el Acuerdo de París como su ley aprobatoria son acordes a los lineamientos y disposiciones constitucionales.

Corte Suprema de Justicia de Colombia (csj) a2

La csj, a través del liderazgo del grupo de atención a instancias internacionales de derechos humanos (ddhh) y derecho internacional humanitario (dih), realizó las siguientes actividades como representante del Estado colombiano en las siguientes reuniones durante el año 2018:

Reunión anual del grupo de apoyo interagencial de las Naciones Unidas sobre las cuestiones de los pueblos indígenas

Esta reunión se llevó a cabo entre el 5 y el 7 de septiembre del año 2019 en Cartagena de Indias, con el fin de apoyar y promover el mandato del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas dentro del Sistema de la onu, promovido por el fondo para la integración de los pueblos indígenas de América Latina y el Caribe-Filac del cual Colombia es Estado miembro.

Taller institucional de seguimiento a recomendaciones proferidas por los órganos de tratados

El día 11 de diciembre de 2018, la dirección de ddhh y dih de la cancillería coordinó la realización de un taller institucional, direccionado a generar un espacio de diálogo sobre los instrumentos internacionales en materia de ddhh y aspectos técnicos relacionados con la elaboración y sustentación de los informes que debe presentar periódicamente el Estado ante los órganos de tratado. Asimismo, hizo el seguimiento sobre las recomendaciones de estos órganos.

En materia de decisiones relativas al derecho internacional, se destaca la Providencia sc5677-2018, Recurso de Anulación Laudo Arbitral con ponencia de Margarita Cabello Blanco, relativa al concepto de “Laudo Arbitral Internacional” en aplicación del inciso 2° artículo 68 Ley 1563 de 2012, sobre las causales de anulación de carácter taxativo, encaminadas a la protección de las garantías del debido proceso, sin transponer al juzgador de anulación la potestad de examinar el fondo del litigio.

En aquella providencia se analiza la falta de técnica en el recurso de anulación por replantearse el fondo de la controversia puesta a consideración de los árbitros, invocando la presunta ocurrencia de vicios de juzgamiento. También se analiza el concepto de orden público internacional, respecto al cual la csj establece que

procede el trámite Arbitral cuando con el Laudo se transgreden los principios de orden social y político, en este caso no se infringe ninguna normatividad internacional, toda vez que los motivos que sirvieron de base para la solicitud de incumplimiento contractual están reconocidos en el ordenamiento interno de la nación, además de la relación negocial objeto del pleito, regula los derechos y obligaciones de las compañías en contienda.1

Igualmente, se resalta el caso con providencia stc16781-2018 bajo ponencia de Luis Armando Tolosa Villabona (Sala de descongestión de la Sala de Casación Laboral: falta de competencia para variar el criterio jurisprudencial). En la decisión, el componente relativo al derecho internacional es la aplicación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el análisis de una ausencia de vulneración en ejercicio del control de convencionalidad y la obligación de los Estados parte de impartir una formación permanente en ddhh y dih en todos los niveles jerárquicos de las fuerzas armadas, jueces y fiscales.

Consejo de Estado de Colombiaa3

En el año 2018, el Consejo de Estado de Colombia profirió sentencia en más de cuarenta casos que contaban con algún componente internacional o en los que se tenía en consideración regulación internacional. Respecto a ello se debe destacar que de los casos en mención la mayoría son acciones de reparación directa, las cuales versan sobre violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario derivadas del conflicto armado interno colombiano. Entre estos actos delictivos se encuentran con frecuencia las ejecuciones extrajudiciales (casos de falsos positivos), daños causados por tomas guerrilleras —como muerte de civiles y daños a bienes inmuebles, desapariciones forzadas— y escenarios en los que el Estado responde por omisión en su deber de protección frente amenazas a una población que había informado previamente a las autoridades.

De esta manera, también es menester mencionar que, en forma menos frecuente, en este año se trataron otros temas con relación a la materia, el Consejo estudió temas como cosa juzgada internacional (que tuvo un fallo inhibitorio), solicitud internacional de patentes, la procedencia excepcional de la acción de tutela para solicitar el cumplimiento de sentencias dictadas por organismos internacionales, reparación de victimas de graves violaciones y medidas no pecuniarias de reparación satisfacción y no repetición, entre otros.

Con relación a lo anterior se dará un vistazo breve a algunos de estos casos.

Reparación de víctimas

En este caso1 se solicitó, por medio de acción de reparación directa, que se declararan administrativa y patrimonialmente responsables a la Nación-Ministerio de Defensa-Policía Nacional, Ministerio del Interior y de Justicia, el Departamento Administrativo de Seguridad (das) y la Fiscalía General de la Nación por perjuicios ocasionados en razón de lesiones y muertes sufridas tras la explosión de un carro-bomba en las instalaciones del club El Nogal, en Bogotá.

En el caso, la sala realizó una valoración del acto terrorista a la luz del derecho internacional aceptado en la legislación colombiana con el fin de calificar la actuación delictiva y determinar de esa forma las medidas y el curso a seguir, de ello derivó, junto con jurisprudencia del Consejo de Estado, que

existen casos en los que el juez tiene la potestad de ordenar medidas que atiendan a la reparación integral del daño, aunque ello conlleve restricciones a principios procesales. Esto ocurre cuando se juzga la responsabilidad del Estado por graves violaciones de los derechos humanos pues, en estos eventos, la obligación de reparar integralmente el daño surge, principalmente, de distintos tratados y convenios de derechos humanos ratificados por Colombia que prevalecen en el orden interno, pero también de otros instrumentos de derecho internacional que, aunque no tienen carácter estrictamente vinculante —razón por la cual se los denomina “derecho blando” o “soft law”—, gozan de cierta relevancia jurídica y práctica en el ámbito internacional y nacional en tanto exhiben “una clara e inequívoca vocación axiológica o normativa general” y sirven como “criterio[s] auxiliar[es] de interpretación de los tratados internacionales sobre derechos humanos

De manera que en el sub lite, donde las medidas no patrimoniales de reparación no fueron solicitadas por la parte actora, el principio procesal de la congruencia y justicia rogada debe ceder ante la necesidad de ordenar medidas no indemnizatorias que tengan por finalidad lograr una verdadera rehabilitación de las víctimas, máxime si se tienen en cuenta las condiciones de conflicto en medio de las cuales se produjeron los hechos materia de debate, que comportan graves violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario…

Finalmente, con base en ese razonamiento se falló el caso tanto con medidas patrimoniales como no patrimoniales, estas últimas incluyen la realización de una obra de arte y un acto público de desagravio institucional dirigido a las víctimas y a la sociedad en general con el propósito de reconocer la dignidad de las víctimas, reprobar las violaciones a los derechos humanos y concretar la garantía de verdad, justicia, reparación, no repetición y las demás definidas por el derecho internacional, como lo expuso en las consideraciones del magistrado ponente.

Solicitud internacional de patentes

En esta controversia,2 mediante la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, le ccorrespondió a la Sala analizar si la decisión de la parte demandada, la Superintendencia de Industria y Comercio (sic), de declarar abandonada la solicitud de patente de invención del demandante, dyno nobel as, se encontraba ajustada a derecho.

Para ello la Sala consideró relevante realizar un análisis del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (pct) y del Derecho Comunitario Andino. En el análisis elaborado, la Sala advierte que

la obligatoriedad de acreditar o actualizar cualquier cambio respecto de las reivindicaciones, la descripción y los dibujos ante las Oficinas designadas y elegidas pero no respecto de los inventores razón por la cual queda supeditado a la legislación aplicable localmente en la oficina designada, que en ese caso serían la Decisión 486 y la Superintendencia de Industria y Comercio…

Como consecuencia no es el Tratado sino la normativa comunitaria la que resulta aplicable en lo relativo a la información del inventor y a las cesiones de derechos.

Tras haber esclarecido la regulación aplicable, la Sala procede con el análisis de las actuaciones realizadas por la parte demandante para acreditar la cesión de derechos hechas ante la sic; luego de ello, la Sala, en concordancia con la normativa aplicable y las actuaciones y omisiones de las partes, decide declarar la nulidad de las resoluciones de la sic que declaraban el abandono de la solicitud y ordena que se continúe con el trámite.

Acción de tutela para el cumplimiento de sentencias dictadas por organismos internacionales

En este asunto3 se discutió el incumplimiento del Estado colombiano de la reparación a víctimas por daños ocasionados por hechos ocurridos el 13 de diciembre de 1998, cuando la tripulación de un helicóptero de la Fuerza Aérea Colombiana (fac) lanzó un artefacto explosivo compuesto por seis bombas de fragmentación sobre la vereda de Santo Domingo, jurisdicción del municipio de Tame, Arauca, que causó la muerte de 17 civiles, entre ellos 6 menores, e hirió a 27 personas, dentro de las cuales están las peticionarias, quienes acudieron al Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Por medio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte idh) se declaró responsable al Estado colombiano por los hechos ocurridos en el municipio de Santo Domingo y se ordenó realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad, así como reparar a través de un mecanismo interno expedito a las víctimas que no acudieron a la justicia interna. Sin embargo, la Nación colombiana fue renuente en el cumplimiento a cabalidad de lo ordenado, por cuanto a pesar de que se inició un proceso de concertación entre las víctimas y el Ministerio de Defensa Nacional, el tema de las indemnizaciones ha sufrido un dilatado y frustrado proceso.

Correspondió a la Sala determinar si los Ministerios de Defensa Nacional y Relaciones Exteriores vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia y reparación integral de las accionantes por cuanto no han cumplido de manera oportuna la orden dada por la Corte idh, relacionada con la ejecución de un mecanismo interno expedito para otorgar las indemnizaciones y compensaciones pertinentes por concepto de daños materiales e inmateriales a favor de las víctimas.

Para resolver el asunto, se evaluó la procedencia de la acción de tutela, de la que se desprendió la existencia de una violación a derechos amparados por la Constitución. Respecto a la subsidiariedad del mecanismo, precisó la Sala, de conformidad con los siguientes antecedentes jurisprudenciales:

de los casos de la “masacre de Ituango” y de los “19 comerciantes”. En esas dos ocasiones, la Corte Constitucional concluyó que la acción de tutela sí era el mecanismo adecuado para solicitar el cumplimiento de algunas órdenes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, especialmente, cuando las obligaciones fueran de “hacer”. Ello, pues en el ordenamiento jurídico no existen instrumentos para cumplir con esos propósitos…

Así pues, tal como lo expone la Sala, la acción de tutela instaurada por las accionantes fue procedente, ya que se reclamaba el cumplimiento de una obligación de hacer, la cual era ejecutar un mecanismo interno expedito para otorgar las indemnizaciones y compensaciones por concepto de daños materiales e inmateriales a favor de las víctimas heridas y de los familiares de las víctimas que no fueron reparados por la jurisdicción contencioso-administrativa a nivel interno. Para ello, la decisión internacional previó un plazo de un año, sin que hasta la fecha se hubiera acatado. Finalmente, y después del estudio de los demás temas respectivos, se decide a favor de las accionantes, se ordena amparar sus derechos fundamentales y a las entidades demandadas realizar el trámite indicado para otorgar las indemnizaciones, así como también presentar informes mensuales y otros actos de seguimiento.

Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombiaa4

En el transcurso del año 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores, las embajadas y consulados trabajaron en el fortalecimiento de las relaciones internacionales que sostiene Colombia. Esta entidad siguió la visión del Gobierno nacional en el desarrollo de una política exterior constructiva, para velar así por la integración con los países latinoamericanos y la consolidación con Norteamérica, Europa, Asia, África y Oceanía.

El resultado de este periodo para el Ministerio se evidencia en la apertura de dos embajadas en Europa (Hungría e Irlanda), dos nuevos consulados en Cancún y Filipinas, 159 conceptos jurídicos emitidos y trámites de derechos de petición, 29 tratados suscritos, 31 proyectos de ley elaborados, 18 proyectos de ley presentados al congreso, 11 leyes sancionadas y 14 tratados perfeccionados y puestos en vigor.

Respecto a los conceptos jurídicos emitidos en el 2018, se destacan temas como el derecho penal y ambiental internacional, el derecho de los tratados, el patrimonio cultural y la restitución de bienes culturales transferidos ilícitamente y los privilegios e inmunidades a misiones diplomáticas y organismos internacionales.

Los 29 tratados suscritos con Estados u organizaciones internacionales incluyeron como objetivo diversos temas, de los cuales se hace necesario mencionar los contenidos económicos que tuvieron gran relevancia en este periodo: el intercambio de información tributaria (acuerdos de doble tributación) y la complementación económica (acuerdos de promoción y protección recíproca de inversiones) con 4 y 3 tratados suscritos, respectivamente.

Los tratados restantes corresponden a transporte, asuntos migratorios de exención de visado y privilegios e inmunidades, cada uno con 4 tratados suscritos; además de 8 tratados sobre otros temas.

Las principales acciones en el transcurso del año 2018 fueron:

  1. 1. Acuerdo de Donación de Objetivos de Desarrollo con Estados Unidos ( doag 514-012). Se suscribieron las Enmiendas VII y VIII el 2 de abril del 2018 con la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (usaid); a través de esta se otorgaron para la primera enmienda $179 828 000 usd y $10065741 usd para la segunda, sumas entregadas con el fin de implementar el acuerdo. El 13 de agosto se suscribió la Enmienda IX y se entregaron $5 581 628.42 usd; de la misma forma, la Enmienda X fue suscrita el 27 de septiembre del 2018 con un monto de $13 600 000 usd, cuya meta fue la puesta en marcha del acuerdo.

  2. 2. Acuerdo de París. En 2018 del 2 al 15 de diciembre, en Katowice, Polonia, se realizó la vigésimo cuarta Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (cop24) y se adoptó el programa de trabajo Katowice Climate Package el cual se constituye como una metodología para la implementación del acuerdo. Lo anterior es de vital importancia no solo por el hecho de la participación de Colombia de manera activa y constructiva como Presidencia pro témpore de la Asociación Independiente de América Latina y el Caribe (ailac), sino porque culminó el proceso de ratificación del Acuerdo de París sobre el cambio climático, uno de los acuerdos más importantes que enfrenta esta problemática global.

  3. 3. Apatridia (Circular 168 de 2017). La circular fue expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores en el año 2017 e incorporó un concepto técnico sumamente relevante —se añadió un capitulo completo acerca de la Apatridia—; su implementación inició en 2018. La circular emitida dicta que se debe reconocer por parte del Estado la nacionalidad a los hijos de extranjeros nacidos en el territorio Colombiano, por esto en el concepto técnico se determina que el menor se encuentra en situación de apatridia. El nuevo capítulo que se introdujo a la Ley Migratoria establece las formas de naturalización y lineamientos para el reconocimiento de su calidad de ciudadano colombiano.

  4. 4. La Antártida y el Sistema del Tratado Antártico. En enero 2018 fue sancionada la Ley 1880 que aprueba el Protocolo al Tratado Antártico sobre protección del medio ambiente, este es uno de los acuerdos que hace parte del Sistema del Tratado Antártico. Dentro del mismo se encuentran la Convención para la Conservación de las Focas Antárticas (ccfa) y la Convención para la Conservación de Recursos Vivos Marinos Antárticos (ccrvma); sin embargo, Colombia no ha adoptado estos dos acuerdo independientes. Con lo anterior, el Ministerio indica que en un mediano plazo Colombia podría ser un miembro consultivo del Tratado Antártico. Además, en este periodo, la cooperación del país en escenarios multilaterales (investigación, ciencia y cooperación) fue muy activa:

    • Reunión Consultiva del Tratado Antártico y Comité de Protección Ambiental

    • Reunión de Administradores Nacionales de Programas Antárticos Latinoamericanos (rapal)

    • Reunión del Comité Científico para la Investigación (scar) y de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (ccrvma)

  1. 5. Directiva Presidencial N° 08 de 2018. Se crea el 4 de octubre de 2018 la Instancia de Alto Nivel para la Coordinación de la Acción Exterior por medio de la Directiva Presidencial N° 08 de 2018, con la finalidad que el Gobierno nacional actué de forma informada, articulada y coherente en las relaciones con otros Estados, organizaciones y organismos internacionales. Esta instancia busca armonizar la acción exterior de las diferentes entidades de la rama ejecutiva y las relaciones internacionales.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismoa5

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo es una organización de la República de Colombia encargada de apoyar, dirigir y coordinar la actividad empresarial, la producción de bienes y servicio y el turismo. Para el periodo del 2018, el Ministerio planteó como su objetivo principal la creación de mayores niveles de productividad y competitividad, mayores exportaciones no minero-energéticas y mayor dinamismo en el empleo a través del turismo.1

Durante este periodo, el Ministerio busco progresar en la negociaciones del Acuerdo de Asociación Económica entre Colombia y Japón, por esto, en el mes de mayo, Colombia manifestó su interés en continuar las negociaciones siempre que Japón mejorara sus ofertas en el ámbito agrícola y agroindustrial. Frente a las negociaciones entre Colombia y Turquía, durante el 2018, se realizaron reuniones que dejaron una mejor propuesta por parte de este último en temas agrícolas y de pesca. Respecto de las negociaciones entre Reino Unido y Colombia, después del Brexit, se iniciaron unas nuevas para un nuevo acuerdo, donde uno de los temas centrales será las normas de origen.

Las políticas de inversión extranjera de este periodo se fundamentaron en el aumento de las inversiones en las ultimas dos décadas y en la importancia de aceptar inversión extranjera de mejor calidad, que genere un impacto positivo en la productividad y el avance tecnológico del país.

Frente a la atención de las controversias de inversión, a través del Decreto 915 del 2017 se implementó un cambio estructural, el Ministerio con apoyo de la Agencia Nacional para la Defensa Jurídica del Estado se hará cargo de la etapa de arreglo amistoso, mientras que la Agencia está frente a los procesos contenciosos.

En el marco de la ocde, gracias al trabajo del Ministerio, finalmente se obtuvo el visto bueno de los comités de Inversiones y de Comercio, con los cuales se cumplen las 2 evaluaciones positivas requeridas para volverse Estado miembro de ella.

Referencias

Colombia, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Informe al Congreso 2018 Sector Comercio, Industria y Turismo. https://www.mincit. gov.co/CMSPages/GetFile.aspx?guid=9af5501e-94ba-4fc4-8d36- 4fa9d89a7347

Jurisdicción Especial para la Paz (jep) a6

En el año 2018, la jep profirió diversos escritos producidos por los jueces, entre los cuales se encuentra jurisprudencia de distinto tipo: casos, problemas jurídicos y tesis jurisprudenciales.

El Caso 001 se centra en los secuestros por parte de las farc-ep; el Caso 002, en los actos violentos en los que estuvieron involucradas múltiples partes en Tumaco, departamento de Nariño, entre 1990 y 2016, en los que se vieron particularmente afectadas las comunidades afrocolombianas e indígenas, y el Caso 003, en las ejecuciones extrajudiciales por parte de agentes estatales.1 Uno de los trabajos que adelanta la jep, y de los más controvertidos, es el de la revisión de pruebas proporcionadas por la Fiscalía General de la Nación en el caso de Jesús Santrich.

Entre otros temas, el secretario general subraya la importancia del respaldo de la jep a la labor de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas: “La Jurisdicción Especial para la Paz, el Comité Internacional de la Cruz Roja y otras organizaciones que trabajan en pro de las familias de los desaparecidos pidieron un apoyo adecuado a este esfuerzo del sistema de justicia transicional”.2

A continuación, se expondrá una providencia producida en cada una de las salas y secciones de la jep durante el año 2018, con base en el Boletín de Jurisprudencia emitido por dicha jurisdicción.3

1. Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas

La presente sala, en el caso denominado Retención ilegal de personas por parte de las Farc-ep , solicitó ciertos informes a los comparecientes con el fin de determinar el paradero de las víctimas de lo cual se desprendió la duda de si esta tiene facultades para hacer este tipo de solicitudes o debe abrir un incidente de incumplimiento para ello.

Con base en lo anterior, se estableció que sí tiene la facultad de solicitar informes a los comparecientes con el fin de comprobar que se está cumpliendo con los aspectos requeridos del régimen de condicionalidad en una etapa temprana sin que se vea vulnerado el debido proceso, condición de gran relevancia por tratarse de un derecho fundamental.

2. Sala de Amnistía o Indulto

German Moreno, un exintegrante de las farcep, solicitó autorización para asistir a un evento en España. Por lo tanto, la sala entró a analizar si se puede conceder la salida del país y se pronunció respecto al término de dicha solicitud. La sala determinó que, a pesar de existir un término de 10 días, es requerida la diligencia del peticionario, por lo que, en caso de estar fuera de término, no habrá una negativa inmediata sino que se deberá estudiar el caso en concreto y las explicaciones expuestas del porqué se encuentra fuera del término la solicitud.

3. Sala de Definición de Situaciones Jurídicas

Un coronel retirado, quien suscribió un acta de sometimiento ante la jep, solicitó revocatoria de medida de aseguramiento de detención preventiva de la libertad ante la justicia ordinaria. Para lo anterior la sala entró a estudiar su competencia para resolver la solicitud de revocatoria de medida de aseguramiento y los requisitos de procedencia. A lo que la sala determinó que es competente para estudiar dicha petición con base en el principio de prevalencia que rige esta jurisdicción. Por otro lado, haciendo alusión a los requisitos, estos

deben presentarse cada vez que sean requeridos, aportar y actualizar los datos de ubicación, no salir del país sin previa autorización, de tal modo que, en caso de incumplimiento, procede la revocatoria de los beneficios otorgados e, incluso, la exclusión del caso de la Jurisdicción y la remisión a la justicia ordinaria.4

4. Sección con Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas

Iguis Fontalvo expresa que quiere someterse a la jep luego de una solicitud de extradición a los Estados Unidos concedida por el presidente de la República. La sección declaró improcedente el amparo al derecho fundamental al debido proceso del miembro de la comunidad Wuayuu, Iguis Fontalvo, al determinar que el trámite adelantado ante la jep, que negó la aplicación de la garantía de no extradición, garantizó las condiciones sustanciales y procedimentales para la protección y defensa de sus derechos.

5. Sección para Casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Conductas

Se ordenó a 10 entidades vinculadas al trámite un informe en el que se indique toda la información necesaria para el inventario de bienes suministrado por las farcep. Para ello se determinó que la jep requiere al Ministerio del Interior, a la Superintendencia de Notariado y Registro y a la Fiscalía General de la Nación para que en un plazo improrrogable de tres días hagan entrega de informes sobre dichos bienes. Lo anterior se debe hacer efectivo ya que es necesaria la integralidad y complementariedad institucional para determinar este patrimonio fraguado en el marco de la violencia con el fin de no hacer ilusorios los mecanismos de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.

6. Sección de Revisión

Un integrante de las farcep solicitó la priorización de su caso en la jep, ya que tiene una orden de captura con fines de extradición. Esta sección debe estudiar su competencia ante la presente situación, ante lo cual determino el agente no se identificó como agente del Estado ni tampoco tiene elementos que así lo identifiquen, por lo que la competencia es exclusivamente de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.

7. Sección de Apelación

Un solicitante manifiesta la intención de someterse a la jep en calidad de tercero civil y agente estatal no integrante de la Fuerza Pública mientras se adelanta proceso penal ordinario en su contra. Debido a esto, la sección establece que se limita la competencia de la jep sobre este tipo de individuos ya que no están obligados a presentarse a la jep, sino que lo hicieron de manera voluntaria.

Referencias

Boletín de Jurisprudencia, diciembre de 2018, Jurisdicción Especial para la Paz.

Notas

a Introducción elaborada por Laura Natalia Contreras y revisada por el profesor Robert Joseph Blaise Maclean.

b Introducción elaborada por Laura Natalia Contreras y revisada por el profesor Robert Joseph Blaise Maclean.

c Introducción elaborada por Laura Natalia Contreras y revisada por el profesor Robert Joseph Blaise Maclean.

d Introducción elaborada por Laura Bautista y revisada por Ricardo Abello-Galvis.

e Introducción elaborada por Laura Bautista y revisada por Ricardo Abello-Galvis.

f Introducción elaborada por Ana María Sánchez y revisada por Ricardo Abello-Galvis.

g Introducción elaborada por Ana María Sánchez y revisada por Ricardo Abello-Galvis.

h Introducción elaborada por María Camila Mendoza y revisada por Walter Arévalo R.

1 Informe de la Corte Penal Internacional del 20 de agosto de 2018, Naciones Unidas.

2 Ibíd.

i Introducción elaborada por María Camila Mendoza y revisada por Walter Arévalo R.

1 January – February 2018. The Court Report. eccc.

2 The New York Times. Condenan por genocidio a dos ancianos dirigentes de los Jemeres Rojos.

j Introducción elaborada por María Camila Mendoza y revisada por Walter Arévalo R.

k Introducción elaborada por María Camila Mendoza y revisada por Walter Arévalo R.

1 Fifth Annual Report of the President of the Residual Special Court for Sierra Leone

2 Ibíd.

l Introducción elaborada por María Camila Mendoza y revisada por Walter Arévalo R.

1 Sixth annual report of the International Residual Mechanism for Criminal Tribunals.

m Introducción elaborada por Erika Giulyanna Camelo Fernández y revisada por Laura Victoria García Matamoros.

n Introducción elaborada por Erika Giulyanna Camelo Fernández y revisada por Laura Victoria García Matamoros.

1 Programa orientado a la integración de países en desarrollo y pma para facilitar la cooperación técnica internacional.

o Introducción elaborada por Laura Natalia Contreras y revisada por Laura Victoria García Matamoros.

p Introducción elaborada por Erika Giulyanna Camelo Fernández y revisada por Laura Victoria García Matamoros.

1 Consejo de Administración. Oficina Internacional del Trabajo. Donde es su decimotercer punto del orden del día realizar la Presentación del informe anual para el período 2018 del cls.

q Introducción elaborada por María Camila Baquero y revisada por el profesor Antonio Varón.

r Introducción elaborada por María Camila Baquero y revisada por Antonio Varón.

s Introducción elaborada por María Camila Baquero y revisada por Antonio Varón.

t Introducción elaborada por Maria Camila Baquero y revisada por Antonio Varón.

u Introducción elaborada por María Camila Baquero y revisada por el profesor Antonio Varón Mejía.

v Introducción elaborada por María Camila Baquero y revisada por Walter Arévalo R.

w Introducción elaborada por María Camila Baquero y revisada por Walter Arévalo R.

x Introducción elaborada por Laura Natalia Contreras y revisada por Laura Victoria García Matamoros.

y Introducción elaborada por Erika Giulyanna Camelo Fernández y revisada por Laura Victoria García Matamoros.

1 Informe anual omc 2019, Solución de diferencias del año 2018, pp. 122-135.

2 Es un grupo de países considerados grandes potencias económicas que representan el 85 % de la economía mundial. Se compone de 19 países: Argentina, Australia, Brasil, Canadá, China, Francia, Alemania, India, Indonesia, Italia, Japón, México, Rusia, Arabia Saudita, Sudáfrica, Corea del Sur, Turquía, el Reino Unido y Estados Unidos.

z Introducción elaborada por Andrés Arturo Carreño Dallos y revisada por Laura Victoria García Matamoros.

a1 Introducción elaborada por Laura Bautista y revisada por Ricardo Abello-Galvis.

a2 Introducción elaborada por María Camila Baquero y revisada por Walter Arévalo R.

1 sc5677-2018.

a3 Introducción elaborada por Andrés Arturo Carreño Dallos y revisada por Laura Victoria García Matamoros.

1 Radicación No. 25000-23-26-000-2005-00451-01 (37719), 16 de agosto de 2018, Consejera ponente Stella Conto Díaz del Castillo.

2 Radicación No. 11001-03-24-000-2011-00110-00. 30 de noviembre de 2018. Consejero ponente Hernando Sánchez Sánchez.

3 Radicación No. 81001-23-39-000-2017-00090-01(ac). 20 de septiembre de 2018. Consejero ponente Stella Jeannette Carvajal Basto.

a4 Introducción elaborada por Ana María Sánchez y revisada por Ricardo Abello- Galvis.

a5 Introducción elaborada por Laura Natalia Contreras y revisada por Laura Victoria García Matamoros.

1 Colombia, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Informe al Congreso 2018 Sector Comercio, Industria y Turismo, http://www.mincit.gov.co/CMSPages/GetFile. aspx?guid=9af5501e-94ba-4fc4-8d36-4fa9d89a7347

a6 Introducción elaborada por María Camila Mendoza y revisada por Walter Arévalo R.

1 Boletín de Jurisprudencia, diciembre de 2018, Jurisdicción Especial para la Paz.

2 bíd.

3 Ibíd.

4 Ibíd.